martes, 13 de junio de 2017

subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países. Dirección General de Migraciones.

BDNS(Identif.):350164
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Beneficiarios:
Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que reúnan los siguientes requisitos:
Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Carecer de fines de lucro.
Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Segundo.- Objeto:
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas extranjeras extracomunitarias en situación de vulnerabilidad social y económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible. Existen tres tipos de proyectos distintos, cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la Resolución de Convocatoria.
Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Proyecto de ayudas complementarias al abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo (APRE): el objetivo de este proyecto es proporcionar ayudas complementarias a este abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo a personas extranjeras extracomunitarias y sus familiares hasta segundo grado que retornen voluntariamente a sus países de procedencia, teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Tercero.- Bases Reguladoras:
Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, modificada por Orden ESS/109/2017, de 10 de febrero, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de la integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Cuarto.- Cuantía:
Las subvenciones a otorgar para los proyectos objeto de la presente convocatoria tendrán carácter plurianual siendo el importe total para doce meses de 3.000.000 de euros, de los cuales, la dotación para 2017 asciende a 2.400.000 euros y la de 2018 a 600.000 euros conforme a los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. {del 14 de junio al 3 de julio de 2017, a.i.}.

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