Pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados, que, mediante Decreto 2018-2039 de fecha 24 de octubre de 2018, se ha establecido el “Calendario fiscal” ejercicio 2019, siendo el período voluntario de pago de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el siguiente:
* PRIMER PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS DE DERECHO PÚBLICO (IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA, TASA ENTRADA VEHÍCULOS, TASA GESTIÓN RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS): DEL 6 DE FEBRERO DE 2019 AL 23 DE ABRIL DE 2019, AMBOS INCLUSIVE.
* SEGUNDO PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS DE DERECHO PÚBLICO (IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANA Y RÚSTICA, E IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS): DEL 6 DE AGOSTO DE 2019 AL 22 DE OCTUBRE DE 2019, AMBOS INCLUSIVE.
* PRIMER PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS DE DERECHO PÚBLICO (IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECÁNICA, TASA ENTRADA VEHÍCULOS, TASA GESTIÓN RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS): DEL 6 DE FEBRERO DE 2019 AL 23 DE ABRIL DE 2019, AMBOS INCLUSIVE.
* SEGUNDO PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS DE DERECHO PÚBLICO (IMPUESTO BIENES INMUEBLES URBANA Y RÚSTICA, E IMPUESTO ACTIVIDADES ECONÓMICAS): DEL 6 DE AGOSTO DE 2019 AL 22 DE OCTUBRE DE 2019, AMBOS INCLUSIVE.
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