miércoles, 15 de mayo de 2013

1 puesto de Oficial 1ª de Servicios. (50% temporal). Ajuntament de Calp.

Ajuntament de Calp. (anuncio de prensa: Martes 14 de mayo de 2013, en Levante-emv).
"Por decreto de la Alcaldía nº 2013/01096, de 9 de mayo de 2013, se han aprobado las bases que han de regir la convocatoria 13/01, para la provisión temporal de 1 puesto de Oficial 1ª de Servicios. El texto íntegro de las bases que rigen este proceso de selección puede consultarse en la página web y tabloón de anuncios del Ayuntamiento de Calp.
El plazo para la presetnación de instancias será de 5 días hábiles, a contar del siguiente al de la presente publicación." (anuncio de prensa: Martes 14 de mayo de 2013, en Levante-emv) {del 15 al 20 de mayo de 2013, a.i.}  www.ajcalp.es
- - - - - - bases web: - - - - - -  Convocatoria 13/01
Convocatoria 13/11 para la provisión temporal de un puesto de OFICIAL 1ª DE SERVICIOS, con el contenido y alcance siguiente:
“BASES REGULADORAS CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE UN PUESTO DE OFICIAL 1ª DE SERVICIOS. CONVOCATORIA 13/1
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene como objeto la provisión temporal, con carácter de relevo del puesto de OFICIAL 1ª (Código de Puesto: 216-91), que ocupa el empleado D. Angel Pinteño Dominguez, hasta la fecha de jubilación del trabajador que se releva, percibiendo por ello las retribuciones proporcionales al puesto de relevo, por causar derecho a la pensión de jubilación parcial, en los términos previstos en art. 166 del R.D. 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
El sistema de selección será el concurso-oposición, a través del cual, se efectuará la provisión en régimen laboral temporal parcial, con vigencia hasta que el trabajador relevado alcance la edad de
jubilación.
Puesto ofertado:
• Denominación de la plaza:
OFICIAL 1ª SERVICIOS
• Número de puestos: 1
• Códigos de puestos: 216-91
• Clasificación Profesional:
Grupo C2
Titulación exigida: Título de Graduado Escolar, Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente. 
La contratación temporal que resulte de las presentes bases, se producirá como consecuencia del reconocimiento por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social de la jubilación parcial del trabajador que ocupa el puesto y siempre que éste reúna los requisitos y condiciones establecidos en el Régimen de de Seguridad Social que le sea aplicable. En cualquier caso, será a tiempo parcial (50 %), con una duración igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación a que se refiere el artículo 161.1 a) y en la disposición transitoria vigésima de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20
de junio.
BASE SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para poder participar en las pruebas que se convocan, a los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la titulación académica de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria, Formación Profesional de 1er. Grado o equivalente .
d) No sufrir ninguna enfermedad o defecto físico o psíquico que sea incompatible o que imposibilite el desempeño de las funciones.
e) No haber sido separado, por medio de expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o estar pendiente de la resolución de algún expediente en este sentido. Asimismo, no deberá encontrarse inhabilidad para el desempeño de funciones públicas.
f) Constar inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo.
La titulación y experiencia profesional se acreditará por medio de la expedición de los títulos y certificaciones correspondientes, expedidos por la autoridad competente. Esta autoridad podrá declarar la equivalencia de los títulos.
Todos los requisitos deberán estar cumplidos en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Si en cualquier momento del proceso selectivo se advirtiere en las solicitudes y/o documentación aportada por los aspirantes, inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
BASE TERCERA.- SOLICITUDES. 3.1.- Quien desee participar en el presente concurso-oposición, habrá de solicitarlo por escrito, en el plazo de 5 días hábiles a contar desde la publicación del extracto de esta convocatoria en un periódico de ámbito de provincial.
{del 15 al 20 de mayo de 2013, a.i.}  www.ajcalp.es 
3.2.- A efectos de publicidad, durante el periodo de presentación de instancia, se publicará anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios y página Web de este Ayuntamiento

3.3.- La instancia vendrá acompañada necesariamente por la documentación siguiente:
* Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento de identificación análogo.
* Fotocopia de la titulación exigida en estas Bases.
* Documentos acreditativos de los méritos que deban ser valorados por el Tribunal en la fase de
concurso.
* Justificante de inscripción como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo.

3.4.- Los aspirantes deberán hacer constar claramente un medio de localización a través del cual quieran recibir las posibles comunicaciones, preferentemente deberá hacer constar el número de teléfono móvil y/o dirección de correo electrónico.
3.5.- El Tribunal Calificador no podrá valorar ningún documento justificativo de méritos que no hayan sido aportados por los aspirantes durante el plazo de presentación de instancias, salvo que el aspirante manifestase en su solicitud que la misma ya se encuentra en poder de este Ayuntamiento en los términos previstos en el art. 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.6.- Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General, o en la forma que determina el Arte. 38.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia