jueves, 16 de mayo de 2013

ajudes dirigides a l’elaboració i la implantació de plans d’igualtat en empreses de la Comunitat Valenciana. // ayudas dirigidas a la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Benestar Social . ORDE 7/2013, de 25 d’abril, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regulen i convoquen ajudes dirigides a l’elaboració i la implantació de plans d’igualtat en empreses de la Comunitat Valenciana. [2013/4963] (pdf 1.803KB) 
ORDEN 7/2013, de 25 de abril, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan y convocan ayudas dirigidas a la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana. [2013/4963] (pdf 1.803KB)
1.Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas para aquellas empresas privadas con hasta 250 trabajadoras/es, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que al menos uno de sus centros de trabajo se encuentre ubicado en la Comunitat Valenciana, no estén constituidas con capital público y voluntariamente elaboren o implanten planes de igualdad en su organización para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
2. Aprobación de las bases. Se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden, así como los anexos y documentos correspondientes a la solicitud de las ayudas.
3. Dotación económica. 1. La presente orden de ayudas se financiará ... , por importe global máximo de cuarenta y cinco mil
euros (45.000 €).

2. Las ayudas recogidas en la presente convocatoria están cofinanciadas en un 80 % por el FSE a través del Programa Operativo 2007-2013 aprobado por Decisión de la Comisión de fecha 20 de diciembre de 2007. Eje I, tema prioritario 63, actuación Implantación planes de igualdad y conciliación en empresas de la Comunitat Valenciana: «El FSE invierte en tu futuro».
ANEXO I
Bases generales 
1. Objeto y ámbito.1. Es objeto de la presente orden la convocatoria de ayudas para aquellas empresas privadas de la Comunitat Valenciana con hasta 250 trabajadoras/es, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que al menos uno de sus centros de trabajo se encuentre ubicado en la Comunitat Valencian, no estén constituidas con capital público y voluntariamente elaboren o implanten planes de igualdad en su organización para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la contratación temporal a tiempo parcial de agentes de igualdad en el ejercicio 2013.
La elaboración de planes de igualdad deberá hacerse conforme a lo dispuesto en el Decreto 133/2007, de 27 de julio, del Consell, sobre condiciones y requisitos para el visado de los planes de igualdad de las empresas de la Comunitat Valenciana.

La implantación de los planes se refiere a aquellos que hayan sido visados por la Dirección General de Familia y Mujer, conforme a lo establecido en el citado Decreto 133/2007.
2. Se entiende por plan de igualdad el conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
3. La contratación deberá realizarse con agentes de igualdad, entendiendo por tales aquellas personas profesionales con diplomatura o licenciatura universitaria y que posean titulación en materia de igualdad, que diseñen, implementen y evalúen políticas de igualdad entre mujeres y hombres, y asesoren en la puesta en funcionamiento de proyectos para la integración de la perspectiva de género en programas, instituciones y empresas.
3. Beneficiarias. 1. Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas empresas privadas con hasta 250 trabajadoras/es, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que al menos uno de sus centros de trabajo se encuentre ubicado en la Comunitat Valenciana, y reúnan los demás requisitos y condiciones que se establecen en la presente orden.
4. Presentación de solicitudes, documentación y plazo. 1. Las solicitudes se presentarán en la Dirección General de Familia y Mujer o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC), utilizando para ello el modelo normalizado establecido al efecto que figura en la presente orden como anexo II, que deberá ir firmado por el/la titular o representante de la empresa solicitante.
5. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (17-05-2013) y se extenderá hasta el 1 de julio de 2013.

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