martes, 14 de mayo de 2013

Convocatoria de subvenciones consistentes en la entrega de escáneres, impresoras de etiquetas, y lectores de códigos de barras, como equipamiento informático, adquiridas por la Excma. Diputación Provincial para los municipios de la provincia de Alicante.

Excma. Diputación Provincial de Alicante. UNIDAD DE MODERNIZACION. [butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2013 - n.º 89] 
Aprobado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión 02 de mayo del 2013, la Convocatoria para la concesión de subvenciones no dinerarias, consistentes en la entrega de escáneres, impresoras, y lectores de códigos de barras, como equipamiento informático, adquiridas por la Excma. Diputación Provincial para los municipios de la provincia, a continuación se publican las Bases por las que se rigen y cuyo texto es del siguiente tenor literal:
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE «ESCÁNERES, IMPRESORAS Y LECTORES DE CÓDIGO DE BARRAS» PARA LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.
Primera.- Actividad objeto de la subvención. 1.- Las presentes Bases específicas, formuladas de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, tienen por objeto regir la Convocatoria de subvenciones no dinerarias, consistentes en la entrega de escáneres, impresoras, y lectores de códigos de barras, a los Ayuntamientos de la provincia, de adquiridos por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, como equipamiento informático, para su acceso a la Plataforma de Administración Electrónica, desde sus respectivos términos municipales.
2.- La Convocatoria, para la que se prevé una dotación económica de 50.000 €,...
Segunda.- Condiciones generales. 1.- Condiciones generales. 1.1.- Podrán optar a la Convocatoria
los municipios de la provincia de Alicante que hayan suscrito Convenio al «Plan de Modernización de los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante. MODERNIZA 6.0», y cada Ayuntamiento podrá presentar una única solicitud.
1.2.- Para ser beneficiarios de las subvenciones, los Ayuntamientos peticionarios habrán de reunir los siguientes requisitos:
a)
No hallarse incurso en alguna de las circunstancias que inhabilitan para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Estar al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la publicación de la Convocatoria, respecto de la Excma. Diputación Provincial, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
1.3.-El equipamiento informático con el que se subvenciona a cada municipio seleccionado como máximo consistirá en:
HABITANTES . . . . . MATERIAL
<1000 span=""> . . . . . . . . 1 ESCÁNER
1000-5999 . . . .  1 ESCÁNER, 1 IMPRESORA DE ETIQUETAS
6000-20000 . . .  1 ESCÁNER, 1 IMPRESORA DE ETIQUETAS, 1 LECTOR DE CÓDIGO DE BARRAS

Todo ello ampliable según necesidades y requisitos especificados en la Base Tercera.
2.- Solicitudes y documentación. 2.1.- Los Ayuntamientos presentarán la solicitud, suscrita
por la persona que ostente la alcaldía-presidencia, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, o por cualquiera de los procedimientos señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2.2.- La solicitud habrá de estar ajustada al modelo que se incluye como Anexo a la Convocatoria y en la misma se hará constar que se reúnen los requisitos exigidos en estas Bases específicas para ser beneficiario de la subvención y demás extremos requeridos en el artículo 13 de la Ordenanza General de Subvenciones.
3.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Sí el último día del plazo fuese domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil.{del 15 al 29 de mayo de 2013, a.i.}

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