Servicio Gallego de Salud / Servizo Galego de Saúde. RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de médico/a de urgencias hospitalarias del Servicio Gallego de Salud.
Bases
I. Normas generales. 1.1. Plazas. 1.1.1. Se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría que se especifica en el anexo I de la presente resolución.
1.1.2. El número de plazas que se convoca en este proceso selectivo es el que se especifica en el citado anexo I, con expresión diferenciada de las plazas por su sistema de acceso.
I. Normas generales. 1.1. Plazas. 1.1.1. Se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría que se especifica en el anexo I de la presente resolución.
1.1.2. El número de plazas que se convoca en este proceso selectivo es el que se especifica en el citado anexo I, con expresión diferenciada de las plazas por su sistema de acceso.
ANEXO I
Plazas y titulaciones
Categoría . . Grupo . . Acceso libre . . Promoción interna . . Reserva discapacidad . . Total . . Titulación
Médico/a de Urgencias Hospitalarias . . A1 . . 8 . . 3 . . 1 . . 12 . . Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y cualquier título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud.
Plazas y titulaciones
Categoría . . Grupo . . Acceso libre . . Promoción interna . . Reserva discapacidad . . Total . . Titulación
Médico/a de Urgencias Hospitalarias . . A1 . . 8 . . 3 . . 1 . . 12 . . Título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y cualquier título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud.
II. Requisitos. Las personas interesadas en participar en este proceso deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la toma de posesión como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos comunes para todos los turnos de acceso.
2.1.1. Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
2.1. Requisitos comunes para todos los turnos de acceso.
2.1.1. Nacionalidad:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadoras/es.
c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/españolas y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y el de los/las nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendentes y los/las de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2.1.2. Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de
jubilación forzosa legalmente vigente.
2.1.3. Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
2.1.4. Habilitación: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
2.1.5. Titulación: estar en posesión de la titulación que se especifica en el anexo I de esta resolución o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales al amparo del dispuesto en el Real decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Comunitaria 2005/36/CE.
2.1.6. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.
c) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/españolas y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y el de los/las nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendentes y los/las de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
2.1.2. Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad de
jubilación forzosa legalmente vigente.
2.1.3. Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
2.1.4. Habilitación: no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
2.1.5. Titulación: estar en posesión de la titulación que se especifica en el anexo I de esta resolución o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o la credencial de reconocimiento del título a efectos profesionales al amparo del dispuesto en el Real decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Comunitaria 2005/36/CE.
2.1.6. Abonar las tasas por derecho de examen, en su caso.
2.3. Tasas.. 2.3.1. Formalización del pago de las tasas: ... como requisito necesario para participar en el proceso selectivo, deberá abonarse previamente en concepto de derechos de examen el importe de 40,74 € y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Para el ingreso de la tasa se empleará un impreso de autoliquidación como el señalado en el anexo VII. Tal impreso, así como los códigos para su formalización les serán facilitados a las personas interesadas en los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud y estarán disponibles, asimismo, en la página web del Servicio Gallego de Salud. La no presentación de este impreso de autoliquidación – en el que deberá figurar la fecha y el sello de la entidad bancaria–, junto con el formulario de inscripción en el proceso, determinará la exclusión de la persona aspirante.
Podrá realizarse también el pago de la tasa por internet en las entidades financieras actualmente autorizadas. Para ello, deberán acceder a la oficina tributaria, a través de la oficina virtual en la página web del Cixtec (www.cixtec.es) y presionar el enlace Oficina Virtual-Tributaria (color azul), entrar a servicios de acceso libre y tasas, precios, multas y sanciones.
2.4. Registro electrónico de los requisitos de participación. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo deberán declarar en el formulario electrónico de inscripción que reúnen todos los requisitos de participación exigidos en esta convocatoria según el turno de acceso por el que opten. Al formulario electrónico de inscripción se accederá a través de la página web del Servicio Gallego de Salud www.sergas.es) en el apartado FIDES/expedient-e/Sección de Procesos/OPE.
V. Solicitud
5.1. Formulario de inscripción. 5.1.1. Las personas que deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán cubrir una única solicitud de participación, en modelo normalizado, a través de la Oficina Virtual del Profesional (FIDES/expedient-e/Sección de Procesos), a la que se accederá siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo VI, y que una vez formalizada electrónicamente deberán imprimir, firmar y presentar en los lugares y plazo indicados en los apartados 5.2 y 5.3, respectivamente.
5.1. Formulario de inscripción. 5.1.1. Las personas que deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán cubrir una única solicitud de participación, en modelo normalizado, a través de la Oficina Virtual del Profesional (FIDES/expedient-e/Sección de Procesos), a la que se accederá siguiendo las instrucciones que se establecen en el anexo VI, y que una vez formalizada electrónicamente deberán imprimir, firmar y presentar en los lugares y plazo indicados en los apartados 5.2 y 5.3, respectivamente.
5.1.6. Junto con la solicitud de participación, la persona aspirante deberá presentar la documentación exigida en la base 2.5, la justificación documental de todos los méritos previamente registrados en el expediente electrónico que no haya acreditado en los términos de la base 3.2 y, en su caso, la documentación acreditativa del conocimiento de la lengua gallega.
5.2. Lugar de presentación. Las solicitudes de participación en el concurso-oposición se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud y podrán presentarse en el registro general de los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, o a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el número tres de esta base, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.
5.3. Plazo de presentación. El plazo para la presentación de las solicitudes de participación será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. [DOG Núm. 91 Martes, 14 de mayo de 2013] {del 15 de mayo al 14 de junio de 2013, a.i.}
5.2. Lugar de presentación. Las solicitudes de participación en el concurso-oposición se dirigirán a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud y podrán presentarse en el registro general de los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, o a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el número tres de esta base, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.
5.3. Plazo de presentación. El plazo para la presentación de las solicitudes de participación será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. [DOG Núm. 91 Martes, 14 de mayo de 2013] {del 15 de mayo al 14 de junio de 2013, a.i.}
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