Ajuntament de Torreblanca (Plana Alta-Castelló). www.torreblanca.es
Anuncio de convocatoria modificada para creación de una Bolsa de Empleo temporal para peones jardineros para la Brigada Municipal.
... bolsa de empleo para peones jardineros de la Brigada Municipal, eliminando la obligación de figurar como desempleado en el SERVEF y estar empadronado en el municipio de Torreblanca, de la Cláusula TERCERA (requisitos de los aspirantes), así como eliminando el apartado 1 de la Cláusula 7ª (Baremación de méritos con entrevista personal), procediendo a nueva convocatoria y concediendo un nuevo plazo de diez días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de instancias por los interesados.[BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.}
Asimismo, se ha acordado dar validez a las solicitudes presentadas en la anterior convocatoria, siempre que los solicitantes no manifiesten expresamente lo contrario mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
“BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE PEONES JARDINEROS PARA LA BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORREBLANCA”.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante baremación de méritos con entrevista personal, de candidatos para la creación de una bolsa de peones jardineros para la brigada de obras y servicios del Ayuntamiento de Torreblanca, para su contratación laboral temporal, a los efectos de paliar, en la medida de lo posible, el desempleo local fruto de la actual crisis económica que afecta a los vecinos del municipio, los cuales van a poder tener de este modo una posibilidad de incorporarse al mercado de trabajo y, en su caso, obtener un contrato temporal que facilite y mejore su situación laboral y económica.
Los trabajos a realizar serán de apoyo a la brigada de obras municipal en sus tareas de mantenimiento de las áreas ajardinadas existentes tanto en Torreblanca como en Torrenostra, bajo la supervisión y órdenes del responsable de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
SEGUNDA.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA CONVOCATORIA.
Denominación: Peones jardineros para la brigada municipal de obras.
Naturaleza: Bolsa de empleo temporal mediante nombramiento laboral temporal.
Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
Sistema selectivo: concurso de méritos.
Presentación de instancias: diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón según modelo normalizado que se adjunta en el Anexo II.
Derechos de examen: exento.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- En el supuesto de convocatoria de plazas de carácter laboral, podrán acceder a las mismas los extranjeros, de conformidad con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
CUARTA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS. 1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
a. Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b. Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar:
a) Certificado de minusvalía.
b) Titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
c) Carnet de conducir Tipo B.
d) Certificado de la Administración y empresas privadas en la que se hayan prestado los servicios, con el tiempo y funciones realizadas.
4. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
5. Plazo: 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.[BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.} www.torreblanca.es
Asimismo, se ha acordado dar validez a las solicitudes presentadas en la anterior convocatoria, siempre que los solicitantes no manifiesten expresamente lo contrario mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
“BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE PEONES JARDINEROS PARA LA BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORREBLANCA”.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante baremación de méritos con entrevista personal, de candidatos para la creación de una bolsa de peones jardineros para la brigada de obras y servicios del Ayuntamiento de Torreblanca, para su contratación laboral temporal, a los efectos de paliar, en la medida de lo posible, el desempleo local fruto de la actual crisis económica que afecta a los vecinos del municipio, los cuales van a poder tener de este modo una posibilidad de incorporarse al mercado de trabajo y, en su caso, obtener un contrato temporal que facilite y mejore su situación laboral y económica.
Los trabajos a realizar serán de apoyo a la brigada de obras municipal en sus tareas de mantenimiento de las áreas ajardinadas existentes tanto en Torreblanca como en Torrenostra, bajo la supervisión y órdenes del responsable de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
SEGUNDA.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA CONVOCATORIA.
Denominación: Peones jardineros para la brigada municipal de obras.
Naturaleza: Bolsa de empleo temporal mediante nombramiento laboral temporal.
Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
Sistema selectivo: concurso de méritos.
Presentación de instancias: diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón según modelo normalizado que se adjunta en el Anexo II.
Derechos de examen: exento.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- En el supuesto de convocatoria de plazas de carácter laboral, podrán acceder a las mismas los extranjeros, de conformidad con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
CUARTA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS. 1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
a. Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b. Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar:
a) Certificado de minusvalía.
b) Titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
c) Carnet de conducir Tipo B.
d) Certificado de la Administración y empresas privadas en la que se hayan prestado los servicios, con el tiempo y funciones realizadas.
4. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
5. Plazo: 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón.[BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.} www.torreblanca.es
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Anuncio de convocatoria modificada para creación de una Bolsa de Empleo temporal para peones de obras para la Brigada Municipal
Anuncio de convocatoria modificada para creación de una Bolsa de Empleo temporal para peones de obras para la Brigada Municipal
... convocatoria de selección de una bolsa de empleo para peones de obras de la Brigada Municipal, eliminando la obligación de figurar como desempleado en el SERVEF y estar empadronado en el municipio de Torreblanca, de la Cláusula TERCERA (requisitos de los aspirantes), así como eliminando el apartado 1 de la Cláusula 7ª (Baremación de méritos con entrevista personal), procediendo a nueva convocatoria y concediendo un nuevo plazo de diez días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para la presentación de instancias por los interesados.[BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.}
Asimismo, se ha acordado dar validez a las solicitudes presentadas en la anterior convocatoria, siempre que los solicitantes no manifiesten expresamente lo contrario mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
“BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE PEONES DE BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS VARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORREBLANCA”.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante baremación de méritos con entrevista personal para creación de una bolsa de peones de brigada de obras y servicios varios, para su contratación laboral temporal, a los efectos de paliar en la medida de lo posible la consecuencia de la actual crisis en lo que afecta a los desempleados, que van a poder tener de este modo, una posibilidad de incorporarse al mercado de trabajo, y en su caso, obtener un contrato temporal que facilite y mejore su situación laboral y económica.
Los trabajos a realizar serán de apoyo a la brigada de obras municipal en sus diversas tareas, bajo la supervisión y órdenes del responsable de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
SEGUNDA.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA CONVOCATORIA.
Denominación: Peones para la brigada municipal de obras.
Naturaleza: Bolsa de empleo temporal mediante nombramiento laboral temporal.
Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
Sistema selectivo: concurso de méritos.
Presentación de instancias: diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón según modelo normalizado que se adjunta en el Anexo II.
Derechos de examen: exento.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- En el supuesto de convocatoria de plazas de carácter laboral, podrán acceder a las mismas los extranjeros, de conformidad con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS. 1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
a Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar:
a) Certificado de minusvalía.
b) Titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
c) Carnet de conducir Tipo B.
d) Certificado de la Administración en la que se hayan prestado los servicios, con el tiempo y funciones realizadas.
4. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
5. Plazo: 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. [BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.} www.torreblanca.es
Asimismo, se ha acordado dar validez a las solicitudes presentadas en la anterior convocatoria, siempre que los solicitantes no manifiesten expresamente lo contrario mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
“BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE PEONES DE BRIGADA DE OBRAS Y SERVICIOS VARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORREBLANCA”.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante baremación de méritos con entrevista personal para creación de una bolsa de peones de brigada de obras y servicios varios, para su contratación laboral temporal, a los efectos de paliar en la medida de lo posible la consecuencia de la actual crisis en lo que afecta a los desempleados, que van a poder tener de este modo, una posibilidad de incorporarse al mercado de trabajo, y en su caso, obtener un contrato temporal que facilite y mejore su situación laboral y económica.
Los trabajos a realizar serán de apoyo a la brigada de obras municipal en sus diversas tareas, bajo la supervisión y órdenes del responsable de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
SEGUNDA.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA CONVOCATORIA.
Denominación: Peones para la brigada municipal de obras.
Naturaleza: Bolsa de empleo temporal mediante nombramiento laboral temporal.
Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
Sistema selectivo: concurso de méritos.
Presentación de instancias: diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón según modelo normalizado que se adjunta en el Anexo II.
Derechos de examen: exento.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- En el supuesto de convocatoria de plazas de carácter laboral, podrán acceder a las mismas los extranjeros, de conformidad con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS. 1. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. Deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
a Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
b Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar:
a) Certificado de minusvalía.
b) Titulación académica superior a la exigida en la convocatoria.
c) Carnet de conducir Tipo B.
d) Certificado de la Administración en la que se hayan prestado los servicios, con el tiempo y funciones realizadas.
4. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
5. Plazo: 10 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. [BOP-Castelló, Núm. 62 - 23 de mayo de 2013] {del 24 de mayo al 3*de junio de 2013, a.i.} www.torreblanca.es
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