viernes, 10 de mayo de 2013

premio Reina Sofía 2013, de promoción de la inserción laboral de personas con discapacidad.

Resolución de 10 de abril de 2013, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convoca la concesión del premio Reina Sofía 2013, de promoción de la inserción laboral de personas con discapacidad.
La Orden SAS/2670/2009, de 22 de septiembre (Boletín Oficial del Estado número 238, de 2 de octubre de 2009), establece las bases reguladoras para la concesión del premio Reina Sofía de promoción de la inserción laboral de personas con discapacidad.
Objeto y finalidad. Esta resolución tiene por objeto el convocar la concesión del premio Reina Sofía 2013, de promoción de la inserción laboral de personas con discapacidad, en base a los principios de publicidad, trasparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, a tenor de lo dispuesto en la Orden SAS/2670/2009, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de este premio.
La finalidad de este premio es reconocer una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a cinco años, de empresas que hayan implantado políticas, programadas y evaluadas, de inserción laboral de personas con discapacidad en sus plantillas, cuyos resultados merezcan esta distinción. 
Beneficiarios. Podrán concurrir a este premio las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
1.
Tener su sede social en España o representación en el territorio español, independientemente del sector económico en el que operen.
2. Cumplir la cuota de reserva del 2% de personas con discapacidad recogida en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) o, en su caso, de las medidas alternativas a su cumplimiento, en caso de estar obligada a ello.
3. No estar calificada como Centro Especial de Empleo.
Solicitud, plazo de presentación y documentación. 1. La solicitud de participación en la convocatoria deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo de la presente Resolución, la cual deberá ser firmada por el representante de la empresa solicitante.
2. Deberá adjuntarse, una memoria explicativa de las medidas puestas en marcha para promover la inserción laboral de personas con discapacidad, con una extensión aproximada de 50 páginas tamaño A4, en formato word, con letra times new roman 12, a dos espacios. Esta memoria podrá estar redactada en cualquiera de las lenguas oficiales del territorio español y, en todo caso, en castellano.
3. Las solicitudes de participación en la convocatoria podrán adjuntar, además de la correspondiente memoria, cuanta otra documentación se considere oportuna para dar soporte a las medidas incluidas en la memoria.
4. Documentación que deberá acompañarse a la solicitud y a la memoria:
Documentación acreditativa de los requisitos exigidos para ser beneficiario de este premio.
Documento acreditativo de la personalidad del solicitante, así como poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.
Original o copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada de los estatutos debidamente legalizados.
5. El plazo para la presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.{del 10 de mayo al 14 de junio de 2013, a.i.}
6. Las solicitudes serán dirigidas al Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad y deberán ser presentadas en la sede del organismo, calle de Serrano, 140, 28006, de Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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