- Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Artículo único. Aprobación del Reglamento.
Se aprueba el Reglamento de instalaciones de
protección contra incendios, así como los tres anexos relativos a las
disposiciones técnicas, que se insertan a continuación.
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación material.
1. Constituye el objeto de este Reglamento la
determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño,
instalación/aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos,
sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección
activa contra incendios.
2. Asimismo, el presente Reglamento se aplicará
con carácter supletorio en aquellos aspectos relacionados con las
instalaciones de protección activa contra incendios no regulados en las
legislaciones específicas, con la excepción de los túneles de carreteras
del Estado, cuya regulación en materia de seguridad se regirá por el
Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de
seguridad en los túneles de carreteras del Estado.
Artículo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.
1. Estarán sujetos a las disposiciones de este
Reglamento tanto las empresas instaladoras como las empresas
mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios.
2. Asimismo, las exigencias técnicas de este
Reglamento se aplicarán a los fabricantes, importadores, distribuidores u
organismos que intervengan en la certificación o evaluación técnica de
los productos, y a todos aquellos que pudieran verse afectados por esta
regulación.
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