BDNS(Identif.):421632
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2015.
Segundo. Finalidad:
La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras:
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
La beca se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales, Licenciado en Ciencias Políticas y Económicas (sección economía), en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales (sección económicas y comerciales), en Ciencias Económicas y Comerciales, en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, en Ciencias Actuariales y Financieras y en Investigación y Técnicas de Mercado, y haber finalizado dichos estudios con posterioridad al 31 de diciembre de 2015.
Segundo. Finalidad:
La formación en la gestión de tesorería de las entidades locales.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases por la que se habrá de regir la convocatoria para la concesión de dos becas de formación en Gestión de Tesorería de las Entidades Locales para 2019.
Cuarto. Importe:
El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00€
importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante en horario de oficina, de lunes a viernes, en la C/Tucumán nº 8, 03005 Alicante. Además, podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.
b) El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 210 de 05/11/2018], {del 6 al 26* de noviembre de 2018, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) . Si el último día fuese sábado o festivo el plazo concluirá el siguiente día hábil*.
Cuarto. Importe:
El gasto mensual total que supone a la Corporación, cada beca, será de 800,00€
importe bruto que incluye el total de los gastos de Seguridad Social que se derivan de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante en horario de oficina, de lunes a viernes, en la C/Tucumán nº 8, 03005 Alicante. Además, podrán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
a) El modelo de solicitud podrá descargarse de la página web de la Diputación Provincial de Alicante o recogerse en la Diputación Provincial de Alicante, en el Departamento de Tesorería o en el Registro General.
b) El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 210 de 05/11/2018], {del 6 al 26* de noviembre de 2018, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) . Si el último día fuese sábado o festivo el plazo concluirá el siguiente día hábil*.
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