Orden SSI/714/2012, de 28 de marzo, por la que se convocan los premios nacionales del Concurso Escolar Consumópolis7 sobre consumo responsable.
1. Objeto. 1. El objeto de esta convocatoria es la concesión de los premios nacionales del Concurso Escolar Consumópolis7 sobre Consumo Responsable: La publicidad, ¿compras o te compran?
2. Las bases reguladoras de la participación en el concurso y de la convocatoria y concesión de los premios que se otorgan a los ganadores, de fecha 15 de junio de 2011, han sido sometidas a trámite de audiencia de las Comunidades Autónomas a través de la Comisión de Cooperación de Consumo con fecha 1 de junio de 2011.
3. Se acompaña como anexo una transcripción literal de las citadas bases reguladoras.2. Las bases reguladoras de la participación en el concurso y de la convocatoria y concesión de los premios que se otorgan a los ganadores, de fecha 15 de junio de 2011, han sido sometidas a trámite de audiencia de las Comunidades Autónomas a través de la Comisión de Cooperación de Consumo con fecha 1 de junio de 2011.
2. Participantes. 1. Participarán en esta convocatoria los equipos ganadores de los primeros premios autonómicos en las comunidades autónomas de: Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunidad Valenciana, y Ciudad de Melilla, en los tres niveles de participación.
2. También participarán en la convocatoria de los premios nacionales los tres equipos seleccionados, uno por cada nivel de participación, por la comisión de valoración designada al efecto, de entre los registrados de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de la Ciudad de Ceuta, que reúnan los requisitos previstos para los equipos que opten a los premios autonómicos.
7. Designación de ganadores. 1. El Jurado elevará propuesta de resolución de los ganadores de los premios a la Presidenta del Instituto Nacional del Consumo. Si a juicio del Jurado ninguna candidatura de alguno de los niveles de participación reuniera los méritos suficientes, los premios serían declarados desiertos.
2. La concesión de los premios, que se realizará por Resolución de la Presidenta del Instituto Nacional del Consumo, se hará antes del 31 de mayo de 2012.
3. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Instituto Nacional del Consumo, así como en la página web del propio Instituto, www.consumo-inc.es, del Concurso Escolar Consumópolis7, www.consumopolis.es, y de las comunidades autónomas que participan en la organización del Concurso.
4. La citada Resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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