-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE PARA IMPLANTACIÓN PLANES IGUALDAD ÁMBITO MUNICIPAL. ANUALIDAD 2012 . . . página 30
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO. ANUALIDAD 2012 . . . . página 33
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE EN MATERIA DE JUVENTUD. ANUALIDAD 2012 . . . . página 36
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE EN MATERIA PREVENCIÓN DROGODEPENDENCIAS. ANUALIDAD 2012 . . . . página 39
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE CIUDADANOS EXTRANJEROS. ANUALIDAD 2012 . . . . página 42
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO. ANUALIDAD 2012 . . . . página 33
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE EN MATERIA DE JUVENTUD. ANUALIDAD 2012 . . . . página 36
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE EN MATERIA PREVENCIÓN DROGODEPENDENCIAS. ANUALIDAD 2012 . . . . página 39
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS PROVINCIA ALICANTE PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE CIUDADANOS EXTRANJEROS. ANUALIDAD 2012 . . . . página 42
-APROBACIÓN CONVOCATORIA SUBVENCIONES DESTINADAS AL PROGRAMA PROVINCIAL DE OCIO Y CONVIVENCIA PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES. ANUALIDAD 2012 . . . . página 46
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO DE ÁMBITO MUNICIPAL. ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante para coadyuvar a los gastos derivados de los proyectos de elaboración o implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de SESENTA MIL EUROS (60.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención sin que, en ningún caso, pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género de ámbito municipal, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a la confección de un diagnóstico previo de redacción y propia elaboración, así como de impresión y edición del plan.
2.- La implantación y evaluación de un plan de igualdad de género de ámbito municipal en aquellos ayuntamientos que ya dispongan del mismo.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por implantación la incorporación del plan como política normalizada de la entidad local, es decir, la creación y puesta en marcha de instrumentos y procedimientos para la incorporación del plan y la perspectiva de género en la organización interna de la entidad local.
De igual manera, se entiende por evaluación del plan de igualdad de género de ámbito municipal los trabajos de evaluación externa, ya sea final o intermedia, acerca del grado de cumplimiento de las medidas y objetivos previstos en el plan.
En particular, podrán ser objeto de subvención:
1. proyectos para la formación del personal funcionario y/o laboral en «mainstreaming» de género;
2. proyectos que garanticen la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral del personal, funcionario y/o laboral, de la corporación municipal;
3. proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo;
4. proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales;
5. proyectos para la aplicación de cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos públicos;
6. proyectos para la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos.
7. trabajos de evaluación externa del plan de igualdad municipal.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Igualdad de Oportunidades y Prevención de la Violencia de Género, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de CIEN MIL EUROS (100.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas descritos a continuación:
1.- Programas de prevención y erradicación de la violencia de género.
2.- Programas destinados a la formación y/o a la promoción de empleo de las mujeres.
3.- Programas encaminados a impulsar la corresponsabilidad doméstica y la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar.
4.- Programas que impulsen modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social.
5.- Programas de integración social y atención a mujeres en situación o riesgo de exclusión social.
6.- Programas que fomenten la participación y la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de la vida política, económica, cultural y social.
7.- Programas de promoción de la salud y a mejora de la calidad de vida de las mujeres desde un enfoque de género.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACTIVIDADES EN MATERIA DE JUVENTUD, ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Juventud, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de CIEN MIL EUROS (100.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la juventud relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas de formación a jóvenes.
2. Programas destinados a la búsqueda de empleo para la juventud.
3. Cursos o programas para jóvenes relacionados con el uso de las nuevas tecnologías y las redes sociales.
4. Programas que fomenten los buenos hábitos de vida saludable entre los jóvenes en las materias de higiene, alimentación, deporte o salud.
5. Programas que se involucren en el fomento del asociacionismo juvenil: voluntariado, medioambiente, discapacitados, etc.
6. Programas de ocio y tiempo libre para la juventud.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACTIVIDADES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAS DROGODEPENDENCIAS, ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia prevención de las drogodependencias, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS EUROS (62.700,00 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de prevención de las drogodependencias relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas/actividades específicas para grupos de riesgo en población escolar enfocados a la prevención selectiva.
2. Programas/actividades de intervención para familias en conductas adictivas y adolescentes con problemas de consumo de drogas, basados en la educación emocional.
3. Acciones formativas que propongan la actualización de conocimientos de los profesionales de la red provincial de drogodependencias y otras adicciones en prevención sobre aspectos psicosociales e intervención con adolescentes, agentes mediadores o violencia de género en adolescentes, vinculadas a los consumos de drogas.
4. Programas de prevención de la violencia de género hacia la pareja y entre escolares, asociada al alcohol y otras drogas.
5. Programas/actividades específicas de prevención de las drogodependencias y otras adicciones dirigidos a la población juvenil para la gestión del ocio y el tiempo libre.
6. Programas que fomenten actividades saludables que refuercen el abordaje terapéutico de los distintos recursos especializados e impulsen modelos coeducativos en los ámbitos escolar, familiar, laboral y comunitario.
7. Programas enfocados a la orientación escolar y laboral en menores consumidores.
8. Programas dirigidos a la prevención y/o reinserción de drogodependencias y otras adiciones en el ámbito laboral.
9. Acciones y campañas de sensibilización sobre uso y consumo de sustancias.
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«CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE CIUDADANOS EXTRANJEROS, ANUALIDAD 2012», de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Ciudadanos Extranjeros, a ejecutar durante el presente año.
TERCERA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones en materia de ciudadanos extranjeros relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas que fomenten la participación y la integración de los ciudadanos extranjeros en el municipio.
2. Programas destinados a la formación y/o la promoción de empleo de los ciudadanos extranjeros.
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DISPOSICIÓN COMÚN:
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Las Entidades Locales interesadas podrán formalizar sus peticiones mediante presentación de Solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial, sito en la C/ Tucumán 8, 03005 de Alicante, o bien, en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC); admitiéndose únicamente UNA SOLICITUD por Ayuntamiento peticionario. ...
SEXTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.{del 6 de abril al 2 de mayo de 2012,a.i.}
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Convocatoria de Subvenciones destinadas a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, destinadas a sufragar gastos de desplazamiento de actividades de promoción de la convivencia a través del ocio y el tiempo libre que se realicen en la anualidad 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito del Bienestar Social, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de concurrencia abierta, destinadas a la promoción de la convivencia a través del ocio y tiempo libre, sufragando el coste de los desplazamientos que se realicen dentro del periodo 1 de enero y 31 de octubre de la anualidad 2012, según los programas relacionados en la Base cuarta.
Se admitirá únicamente una solicitud por Entidad.
TERCERA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro con sede social o delegación estable y abierta al público con carácter permanente en la Provincia de Alicante, cuya actuación se desarrolle en los siguientes sectores:
- Personas con discapacidad intelectual, física o sensorial.
- Personas con enfermedad mental.
- Inmigrantes y minorías étnicas.
- Población con conductas adictivas.
- Colectivos con necesidades socio-sanitarias.
- Población en riesgo de exclusión social.
- Cooperación Internacional.
Se excluyen los siguientes sectores: tercera edad, juventud, mujer, residentes europeos, vecinal, cultural, educativo y deportivo.
Son requisitos indispensables que deberán reunir las entidades solicitantes los siguientes:
1.- Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro público oficial.
2.- Disponer de sede social o delegación estable y abierta al público con carácter permanente en la Provincia de Alicante.
3.- No estar incursas en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el artículo 13 de la LGS.
4.- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o en su caso, haber suscrito convenio de fraccionamiento o aplazamiento de deudas con la Administración correspondiente.
5.- Estar al corriente de sus obligaciones notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2011, respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso.
6.- Haber justificado en forma y plazo la subvención concedida en la anualidad 2011 en esta Convocatoria o haber formalizado renuncia.
QUINTA.- SOLICITUDES. Las Entidades interesadas deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo oficial que se publica como ANEXO I, suscrita por su Presidente/a o persona que ostente la representación legal de la Entidad, y dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
El ANEXO I (solicitud) y el ANEXO II (declaraciones responsables) serán publicados en la página web de la Diputación (www.ladipu.com).
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, finalizando el 31 de octubre de 2012.
El lugar de presentación de la solicitud y de la documentación que se establece en la Base sexta será el Registro General de esta Excma. Diputación Provincial (sito en la calle Tucumán, número 8, de Alicante, código postal 03005).
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante para coadyuvar a los gastos derivados de los proyectos de elaboración o implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de SESENTA MIL EUROS (60.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención sin que, en ningún caso, pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género de ámbito municipal, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a la confección de un diagnóstico previo de redacción y propia elaboración, así como de impresión y edición del plan.
2.- La implantación y evaluación de un plan de igualdad de género de ámbito municipal en aquellos ayuntamientos que ya dispongan del mismo.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por implantación la incorporación del plan como política normalizada de la entidad local, es decir, la creación y puesta en marcha de instrumentos y procedimientos para la incorporación del plan y la perspectiva de género en la organización interna de la entidad local.
De igual manera, se entiende por evaluación del plan de igualdad de género de ámbito municipal los trabajos de evaluación externa, ya sea final o intermedia, acerca del grado de cumplimiento de las medidas y objetivos previstos en el plan.
En particular, podrán ser objeto de subvención:
1. proyectos para la formación del personal funcionario y/o laboral en «mainstreaming» de género;
2. proyectos que garanticen la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral del personal, funcionario y/o laboral, de la corporación municipal;
3. proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo;
4. proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales;
5. proyectos para la aplicación de cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos públicos;
6. proyectos para la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos.
7. trabajos de evaluación externa del plan de igualdad municipal.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROGRAMAS Y ACTIVIDADES PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Igualdad de Oportunidades y Prevención de la Violencia de Género, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de CIEN MIL EUROS (100.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la igualdad de género relacionadas con los programas descritos a continuación:
1.- Programas de prevención y erradicación de la violencia de género.
2.- Programas destinados a la formación y/o a la promoción de empleo de las mujeres.
3.- Programas encaminados a impulsar la corresponsabilidad doméstica y la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras fuera del hogar.
4.- Programas que impulsen modelos coeducativos en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social.
5.- Programas de integración social y atención a mujeres en situación o riesgo de exclusión social.
6.- Programas que fomenten la participación y la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de la vida política, económica, cultural y social.
7.- Programas de promoción de la salud y a mejora de la calidad de vida de las mujeres desde un enfoque de género.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACTIVIDADES EN MATERIA DE JUVENTUD, ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Juventud, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de CIEN MIL EUROS (100.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de fomento de la juventud relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas de formación a jóvenes.
2. Programas destinados a la búsqueda de empleo para la juventud.
3. Cursos o programas para jóvenes relacionados con el uso de las nuevas tecnologías y las redes sociales.
4. Programas que fomenten los buenos hábitos de vida saludable entre los jóvenes en las materias de higiene, alimentación, deporte o salud.
5. Programas que se involucren en el fomento del asociacionismo juvenil: voluntariado, medioambiente, discapacitados, etc.
6. Programas de ocio y tiempo libre para la juventud.
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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON DESTINO A PROYECTOS, PROGRAMAS Y ACTIVIDADES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAS DROGODEPENDENCIAS, ANUALIDAD 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia prevención de las drogodependencias, a ejecutar durante el presente año.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS, por una cuantía máxima de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS EUROS (62.700,00 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
CUARTA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones de prevención de las drogodependencias relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas/actividades específicas para grupos de riesgo en población escolar enfocados a la prevención selectiva.
2. Programas/actividades de intervención para familias en conductas adictivas y adolescentes con problemas de consumo de drogas, basados en la educación emocional.
3. Acciones formativas que propongan la actualización de conocimientos de los profesionales de la red provincial de drogodependencias y otras adicciones en prevención sobre aspectos psicosociales e intervención con adolescentes, agentes mediadores o violencia de género en adolescentes, vinculadas a los consumos de drogas.
4. Programas de prevención de la violencia de género hacia la pareja y entre escolares, asociada al alcohol y otras drogas.
5. Programas/actividades específicas de prevención de las drogodependencias y otras adicciones dirigidos a la población juvenil para la gestión del ocio y el tiempo libre.
6. Programas que fomenten actividades saludables que refuercen el abordaje terapéutico de los distintos recursos especializados e impulsen modelos coeducativos en los ámbitos escolar, familiar, laboral y comunitario.
7. Programas enfocados a la orientación escolar y laboral en menores consumidores.
8. Programas dirigidos a la prevención y/o reinserción de drogodependencias y otras adiciones en el ámbito laboral.
9. Acciones y campañas de sensibilización sobre uso y consumo de sustancias.
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«CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE CIUDADANOS EXTRANJEROS, ANUALIDAD 2012», de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización y realización de proyectos, programas y/o actividades en materia de Ciudadanos Extranjeros, a ejecutar durante el presente año.
TERCERA.- PROGRAMAS OBJETO DE SUBVENCIÓN. Serán subvencionables aquellas actuaciones en materia de ciudadanos extranjeros relacionadas con los programas descritos a continuación:
1. Programas que fomenten la participación y la integración de los ciudadanos extranjeros en el municipio.
2. Programas destinados a la formación y/o la promoción de empleo de los ciudadanos extranjeros.
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DISPOSICIÓN COMÚN:
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Las Entidades Locales interesadas podrán formalizar sus peticiones mediante presentación de Solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial, sito en la C/ Tucumán 8, 03005 de Alicante, o bien, en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC); admitiéndose únicamente UNA SOLICITUD por Ayuntamiento peticionario. ...
SEXTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.{del 6 de abril al 2 de mayo de 2012,a.i.}
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Convocatoria de Subvenciones destinadas a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, destinadas a sufragar gastos de desplazamiento de actividades de promoción de la convivencia a través del ocio y el tiempo libre que se realicen en la anualidad 2012, de conformidad con las siguientes:
«BASES
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito del Bienestar Social, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de concurrencia abierta, destinadas a la promoción de la convivencia a través del ocio y tiempo libre, sufragando el coste de los desplazamientos que se realicen dentro del periodo 1 de enero y 31 de octubre de la anualidad 2012, según los programas relacionados en la Base cuarta.
Se admitirá únicamente una solicitud por Entidad.
TERCERA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS.
Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro con sede social o delegación estable y abierta al público con carácter permanente en la Provincia de Alicante, cuya actuación se desarrolle en los siguientes sectores:
- Personas con discapacidad intelectual, física o sensorial.
- Personas con enfermedad mental.
- Inmigrantes y minorías étnicas.
- Población con conductas adictivas.
- Colectivos con necesidades socio-sanitarias.
- Población en riesgo de exclusión social.
- Cooperación Internacional.
Se excluyen los siguientes sectores: tercera edad, juventud, mujer, residentes europeos, vecinal, cultural, educativo y deportivo.
Son requisitos indispensables que deberán reunir las entidades solicitantes los siguientes:
1.- Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro público oficial.
2.- Disponer de sede social o delegación estable y abierta al público con carácter permanente en la Provincia de Alicante.
3.- No estar incursas en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el artículo 13 de la LGS.
4.- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o en su caso, haber suscrito convenio de fraccionamiento o aplazamiento de deudas con la Administración correspondiente.
5.- Estar al corriente de sus obligaciones notificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2011, respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso.
6.- Haber justificado en forma y plazo la subvención concedida en la anualidad 2011 en esta Convocatoria o haber formalizado renuncia.
QUINTA.- SOLICITUDES. Las Entidades interesadas deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo oficial que se publica como ANEXO I, suscrita por su Presidente/a o persona que ostente la representación legal de la Entidad, y dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
El ANEXO I (solicitud) y el ANEXO II (declaraciones responsables) serán publicados en la página web de la Diputación (www.ladipu.com).
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, finalizando el 31 de octubre de 2012.
El lugar de presentación de la solicitud y de la documentación que se establece en la Base sexta será el Registro General de esta Excma. Diputación Provincial (sito en la calle Tucumán, número 8, de Alicante, código postal 03005).
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