sábado, 11 de mayo de 2013

3 plazas de Agente de Policía Local, (C1). Bases. Ajuntament de Castalla (L'Alcoià-Alacant)

Ajuntament de Castalla (L'Alcoià-Alacant). Bases para la provisión en propiedad, de TRES PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluidas en la oferta de empleo público del ejercicio 2010, las cuales han sido rectificadas en sesión celebrada el pasado veintidós de abril, y que son del siguiente tenor: [butlletí oficial de la província - alacant, 8 maig 2013 - n.º 85]
«BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 3 PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, de TRES plazas de Agente de Policía Local, encuadradas en la escala de administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, escala básica, grupo C, subgrupo C1, vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, provenientes de la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2010.
De las plazas convocadas, DOS serán provistas mediante OPOSICIÓN por turno libre y UNA mediante CONCURSO de méritos por turno de MOVILIDAD. Si las plazas ofertadas al turno de movilidad no fueran cubiertas por este procedimiento de selección, incrementarán a las que hayan de ser provistas por oposición libre.
2.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos establecidos en el Decreto 88/2001, de 24 de abril, del Gobierno Valenciano:
2.1. Para el turno libre:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones y tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 para las mujeres.
d) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido 36 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local, escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B con un año de antigüedad y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 kw o una relación de potencia/peso no superior a 0,16 kw/kg.
2.2. Para el turno de movilidad.
a)  ...
2.3. Todos los requisitos enumerados, habrán de cumplirse por los aspirantes el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. La titulación se acreditará por los aspirantes, mediante expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad será la única competente para declarar la equivalencia de titulaciones.
3.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN ANEJA.   3.1. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, pudiendo utilizarse la instancia modelo que facilitará el departamento de personal. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», prorrogándose dicho plazo hasta el siguiente día hábil en caso de finalizar en domingo o festivo.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa prevenido en el Real Decreto 707/1979, indicando además si concurren por turno libre o concurso de méritos por movilidad.
3.2. A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del D.N.I.
b) El justificante de haber ingresado el importe de treinta euros (30€.-) en concepto de derechos de examen. Estarán exentos quienes estando inscritos en el SERVEF como demandantes de empleo, no perciban ni subsidio ni prestación por desempleo, debiendo de acreditarlo mediante los certificados correspondientes.

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