viernes, 2 de junio de 2017

convocatoria "Proyectos Europa Excelencia" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica 2013-2016.

BDNS(Identif.):347959
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.
Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Los beneficiarios deberán cumplir requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 de la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto.
El objetivo de la convocatoria es potenciar la participación española en los subprogramas "Starting Grants" (StG) y "Consolidator Grants" (CoG), enmarcados en el Pilar 1 "Ciencia Excelente" del Programa Marco de la Unión Europea Horizonte 2020 y gestionados por la Agencia Europea del Consejo Europeo de Investigación (ERCEA, en su sigla en inglés). Se trata de proyectos de investigación científico-técnicos relacionados con alguno de los objetivos de las propuestas remitidas y evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación en las convocatorias 2016 StG y CoG, pero que por razones presupuestarias no pudieron ser financiadas por dicho organismo.
Los proyectos Europa Excelencia estarán relacionados con la temática de la propuesta presentada a la convocatoria StG o CoG, y plantearán el desarrollo de alguno de los objetivos de dicha propuesta.
Los proyectos subvencionados se realizarán de forma individual por un investigador principal que será el que conste en la solicitud del proyecto presentado en la convocatoria StG o CoG.
La entidad beneficiaria podrá ser la misma o diferente a la que actuó como institución hospedadora (host institution) en el proyecto presentado por el investigador principal en la convocatoria StG o CoG y podrá pertenecer a cualquiera de las categorías recogidas en el artículo 4 de la resolución de convocatoria.
El plazo de ejecución de los proyectos será de un año, iniciándose en la fecha que se especifique en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha de inicio no podrá ser anterior a 1 de enero de 2017.
Los investigadores principales deberán ser doctores, estar vinculados con la entidad solicitante y cumplir con el resto de los requisitos del artículo 12 de la resolución de convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 750.000,00 euros, con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para el año 2017.
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente los gastos elegibles en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función de las disponibilidades presupuestarias y en ningún caso será superior a 75.000 euros.
El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 8 de la resolución de convocatoria.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas por los candidatos, de conformidad con el procedimiento que se describe en los artículos 14 y 15 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá hacerse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de I+D+I del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 1 de junio hasta el 13 de junio de 2017 a las 15:00 horas (hora peninsular).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda.
Se valorarán (con las puntuaciones y ponderaciones establecidas en el artículo 18 de la resolución de convocatoria) los siguientes méritos:
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta

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