Resolución de 2 de mayo de 2013, del Banco de España, por la que se publican los Índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Mes de abril de 2013
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) 1:
Plazos . . Porcentaje
Dos años . . 0,426
Tres años . . 0,524
Cuatro años . . 0,659
Cinco años . . 0,822
Siete años. . 1,152
Diez años . . 1,574
Quince años . . 2,016
Veinte años . . 2,177
Treinta años . . 2,251
B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de
Mes de abril de 2013
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) 1:
Plazos . . Porcentaje
Dos años . . 0,426
Tres años . . 0,524
Cuatro años . . 0,659
Cinco años . . 0,822
Siete años. . 1,152
Diez años . . 1,574
Quince años . . 2,016
Veinte años . . 2,177
Treinta años . . 2,251
B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de
los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) a plazo de un año 1 . . Porcentaje: . . 0,229
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1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio («BOE» de 6 de julio).
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