Ayuntamieto de Aledo. Bases para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de Policía Local del Ayuntamiento de Aledo mediante oposición libre.
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 15 marzo de 2019 las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de Auxiliar de Policía Local, mediante sistema de oposición libre, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017, Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
Bases para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de Policía Local del Ayuntamiento de Aledo mediante oposición libre.
La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2018, acordó convocar oposición para proveer en propiedad, por el turno libre, una plaza vacante de Auxiliar de Policía Local, incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2017. La convocatoria se regirá por las siguientes:
Bases Primera.- Objeto de la convocatoria 1. Es objeto de esta convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de una plaza de Auxiliar de Policía Local, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Aledo, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo C, Subgrupo C2, e incluida en la Oferta de Empleo Público para el año 2017, con la clasificación y denominación siguiente:
Grupo C, Subgrupo C2 (según artículo 76 del RDLeg 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Tercera del mismo)
Escala: Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Clase: Auxiliar Policía Local.
Categoría: Auxiliar de Policía (artículo 8 de la Ley 4/1998, de 22 de julio)
Denominación: “Auxiliar de Policía Local”.
Número de plazas: una.
Sistema de acceso: Oposición Libre.
Derechos de examen: 55 euros.
El titular de la plaza objeto de la presente convocatoria estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de Diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Por tanto, no será compatible con el ejercicio de las funciones de Auxiliar de Policía con el desempeño de ningún puesto o actividad en el sector público, delimitado por el artículo 1 de la citada ley, ni con actividad privada incompatible sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
2. El sistema escogido por el Ayuntamiento para el acceso a la categoría de Auxiliar de Policía es el de oposición por el turno libre, de conformidad con lo indicado en los artículos 26.1 de la Ley 4/1998, de 22 de julio).
2. El sistema escogido por el Ayuntamiento para el acceso a la categoría de Auxiliar de Policía es el de oposición por el turno libre, de conformidad con lo indicado en los artículos 26.1 de la Ley 4/1998, de 22 de julio).
Segunda.- Publicación de la convocatoria 1. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, y un extracto de la primera en el “Boletín Oficial del Estado”.
2. El resto de publicaciones a que haga referencia la legislación vigente, se entenderán referidas exclusivamente al “Boletín Oficial de la Región de Murcia” y al Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes 1.- Para tomar parte en la oposición será necesario cumplir los siguientes requisitos, todos ellos referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
a) Ser ciudadano español.
b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder la edad máxima de jubilación establecida para este cuerpo.
c) Estar en posesión del título académico exigible para el ingreso en el grupo C, subgrupo C2. (Graduado escolar, FP1 primer grado, ESO o equivalentes).
d) Estar en posesión de los permisos de conducción de vehículos de las clases A y B.
e) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
g)Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres.
h) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones, de conformidad con el Anexo III de esta Convocatoria.
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