viernes, 15 de marzo de 2019

54 plazas de la categoría de Auxiliar de Enfermería por el sistema de turno libre, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria

Bases comunes
Este proceso selectivo se regirá por las bases comunes contenidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por el Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que resulta de aplicación con rango reglamentario.
Bases específicas
Primera. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 54 plazas de la categoría de Auxiliar de Enfermería por el sistema de turno libre, según se especifica en el anexo I de la presente convocatoria.
Tercera. Participantes. 3.1 Titulación. Estar en posesión del título de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (ciclo formativo de grado medio, rama sanitaria) o Formación Profesional de primer grado, en su rama sanitaria, expedido por la Administración competente o estar en condiciones de obtener dicho título, habiendo finalizado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación.
Quinta. Solicitudes. 5.1 Los impresos de solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se cumplimentarán a través de los formularios modelos oficiales que aparecen insertados en la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (www.mscbs.gob.es), del INGESA (www.ingesa.mscbs.gob.es) y en el portal del ciudadano (www.administracion.gob.es).
5.6 Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y podrán presentarse en los siguientes lugares:
a) En la sede de la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, calle Alcalá, n.º 56, 28071 Madrid.
b) En las Direcciones Territoriales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
c) En las Gerencias de Atención Sanitaria de dichas Ciudades y del Centro Nacional de Dosimetría en Valencia.
d) En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
e) Si la solicitud se presenta, haciendo uso del procedimiento administrativo, en las Oficinas de Correos, deberá ofrecerse en sobre abierto para que el funcionario estampe el sello de fechas en el original y sus copias.
f) Las solicitudes suscritas en el extranjero, una vez abonada la tasa por derechos de examen a la que se refiere la base 4.3 podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, c/ Alcalá, 56, 28071 Madrid. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente que se especifica en la convocatoria.
La falta de cualquiera de los requisitos referidos en las bases, determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la validación y sello de la entidad bancaria acreditando que se ha ingresado la tasa de los derechos de examen suplirá el trámite de la presentación de la solicitud ante la Administración convocante como ha quedado indicado.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consignación del mismo, como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio de dicho domicilio. La citada comunicación podrá efectuarse en cualquiera de los lugares habilitados para la presentación de la solicitud, sin que en ningún caso el cambio del mencionado domicilio pueda afectar al trámite administrativo ya efectuado.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 15 de marzo al 11 de abril de 2019, a.i.}

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