Anuncio del Ayuntamiento de Alfafar sobre bases para la convocatoria de siete plazas de Policía Local.
ANUNCIO
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de siete plazas de Agente de Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus auxiliares, grupo C1 de titulación, comprendidas en la Oferta de Empleo Público de 2017 (29-F, 145-F y 37-F) y Oferta de Empleo Público de 2018 (25-F, 26F, 27F y 40F).
Las plazas serán provistas cinco (5) de ellas por turno libre y dos (2) por turno de movilidad. Las correspondientes al turno de movilidad que quedarán desiertas, incrementarán las vacantes a cubrir por el turno libre.
De cada uno de los turnos, de conformidad con la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, se reserva el 30 % de las plazas para mujeres, es decir, 1 plaza para el turno libre y 1 plaza para movilidad.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
ANUNCIO
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de siete plazas de Agente de Policía Local, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus auxiliares, grupo C1 de titulación, comprendidas en la Oferta de Empleo Público de 2017 (29-F, 145-F y 37-F) y Oferta de Empleo Público de 2018 (25-F, 26F, 27F y 40F).
Las plazas serán provistas cinco (5) de ellas por turno libre y dos (2) por turno de movilidad. Las correspondientes al turno de movilidad que quedarán desiertas, incrementarán las vacantes a cubrir por el turno libre.
De cada uno de los turnos, de conformidad con la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, se reserva el 30 % de las plazas para mujeres, es decir, 1 plaza para el turno libre y 1 plaza para movilidad.
Conforme al artículo 8.1 del Decreto 88/2001, del Gobierno Valenciano, al número de aspirantes aprobados en este proceso selectivo podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia