lunes, 25 de marzo de 2019

subvención la compra por parte de los beneficiarios del equipamiento y/o material deportivo de carácter inventariable . Ayuntamientos con población inferior a 5.000 habitantes y (EATIM) de la Provincia de Alicante.

Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE DE FECHA 6 DE MARZO DE 2019, POR EL QUE SE CONVOCAN AYUDAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES DE AMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO, CON POBLACIÓN INFERIOR A 5.000 HABITANTES, PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO Y/O MATERIAL DEPORTIVO, ANUALIDAD 2019.
BDNS(Identif.):445383
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante https://diputacionalicante.sedelectronica.es.
Primero.- Objeto:
Será objeto de subvención la compra por parte de los beneficiarios del equipamiento y/o material deportivo de carácter inventariable (bien mueble no fungible del que se puede hacer uso sin que se consuma por el uso normal para el que está destinado), propio de los diferentes espacios deportivos, necesario para el desarrollo del deporte y la actividad física, como, lo son, por ejemplo: juego de canastas fijas o móviles homologadas de diversas modalidades deportivas, juego de porterías con redes fijas o móviles homologadas de diversas modalidades deportivas, postes y redes fijos o móviles homologados de diversas modalidades deportivas, mesas homologadas de tenis de mesa, mesas anti vandálicas de exterior para tenis de mesa y ajedrez, tatamis y colchonetas para artes marciales, tapices para gimnasia, corcheras para piscina, aparatos de cardio para gimnasios, material y equipos de musculación, aparatos de gimnasia, etc. y otros elementos anexos a estos como contrapesos, conjunto de tableros y aro de baloncesto, redes de protección, banquillo para jugadores, marcadores electrónicos, desfibriladores, etc.), incluyendo el necesario para dar un servicio adecuado en espacios anexos como los vestuarios (taquillas, bancos, etc.).
No serán subvencionables las adquisiciones de material no inventariable (por ejemplo: vestimenta deportiva, camisetas, zapatillas, balones, pelotas de tenis, material para cursos de natación, etc.).
Segundo.- Beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas los Ayuntamientos con población inferior a 5.000 habitantes y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio (EATIM) de la Provincia de Alicante
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes:
La presentación de la solicitud se realizará por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la condición de persona jurídica de los beneficiarios. Para ello se accederá al apartado de “Catálogo de trámites” de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante accesible a través de https://diputacionalicante.sedelectronica.es.
Los Ayuntamientos y Entidades locales a que refiere la Base Primera que estén interesados en participar en esta convocatoria, deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo normalizado de SOLICITUD (Anexo I), que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Alicante, suscrita por el Sr. Alcalde-Presidente/Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento/Entidad Local, y dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, a través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación Provincial, accediendo al apartado “Catálogo de Trámites”: “Catálogo de servicios”: Convocatorias abiertas”.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 58 de 25/03/2019 ], por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información para su publicación.  del 26 de marzo al 15* de abril de 2019, a.i.

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