Extracto de la Resolución de 12 de marzo de 2019, de la Dirección General de la Fundación Española para la Ciencia y Tecnología, F.S.P. (FECYT), por la que se publica la Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación.
BDNS(Identif.):443849
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Objeto: Regular el procedimiento de concesión de ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., FECYT, para la financiación de acciones de fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:
1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación.
2. Educación y vocaciones científicas.
3. Ciencia ciudadana
4. Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación.
Segundo.- Solicitantes y beneficiarios: Podrá ser solicitante y beneficiaria de las ayudas, las entidades indicadas en el artículo 4 de la Convocatoria con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
Tercero.- Presupuesto de la convocatoria: El importe global máximo que, con carácter estimativo, se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria es de 3.250.000 euros, con cargo al presupuesto 2018 del Programa de Cultura Científica y de la Innovación de la FECYT. La concesión de ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Cuarto.- Dotación presupuestaria máxima: Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del sesenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada con un límite de 150.000 euros por solicitud presentada
Quinto.- Plazo: El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta las 13:00 horas (hora peninsular española) del 24 de abril de 2019.
Sexto.- Órgano de resolución: El Patronato de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), u órgano en quien delegue, previa autorización del órgano competente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, conforme a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimosexta, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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