jueves, 28 de marzo de 2019

Bases: subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020, del Programa Estatal de Investigación Orientada a los Retos de la Sociedad,

Artículo 1. Objeto. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de las actuaciones incluidas en la AES, del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, integrado en el Plan Estatal I+D+i.
Artículo 2. Ámbito material. 1. El ámbito de aplicación de estas bases reguladoras engloba la siguiente tipología de actuaciones contempladas en la misma, que se realizarán, en función de las disponibilidades presupuestarias, según el procedimiento que se regula en esta orden y en la correspondiente convocatoria:
A) En el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y sus correspondientes subprogramas, se incluyen en la AES las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Formación.
i. Formación de doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud.
ii. Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en investigación biomédica, clínica y traslacional mediante contratos «Río Hortega».
iii. Formación de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la investigación biomédica y de la innovación en tecnologías y servicios sanitarios.
2.º Subprograma Estatal de Incorporación.
i. Contratación de doctores, incluyendo los siguientes tipos:
a) Contratos «Miguel Servet» para la Incorporación de doctores con una trayectoria en I+D+i destacada para su incorporación en centros del SNS en sus modalidades.
b) Contratos «Sara Borrell» para la incorporación de jóvenes doctores en los centros del SNS.
c) Contratos «Juan Rodés» para la incorporación de especialistas formados en investigación con trayectorias destacadas y capacidad de liderazgo científico y asistencial.
ii. Contratos para la intensificación de la actividad investigadora del SNS dirigida a investigadores consolidados del SNS con una trayectoria investigadora y traslacional destacada, con objeto de incrementar su dedicación a las actividades de I+D+i.
iii. Contratos de gestión en investigación en salud en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
iv. Contratos para personal técnico de investigación.
3.º Subprograma Estatal de Movilidad.
i. Movilidad de personal de investigación como parte integral del desarrollo de la carrera investigadora en centros del SNS.
B) En el Programa Estatal de Generación de conocimiento y fortalecimiento científico y tecnológico del Sistema de I+D+i y los subprogramas que lo integran, la AES incluye las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
i. Proyectos de investigación en salud en sus diferentes modalidades.
ii. Proyectos de investigación clínica no comercial.
iii. Proyectos de programación conjunta internacional.
iv. Acciones de dinamización necesarias para atender las situaciones de política científica o tecnológica en el ámbito de la salud, de especial urgencia o interés.
2.º Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.
i. Redes temáticas de investigación cooperativa (RETICs).
ii. Fortalecimiento de los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados por orden ministerial.
iii. Fortalecimiento de estructuras de I+D+I en red (CIBER).
iv. Plataformas de apoyo a la I+D+i en ciencias y tecnologías de la salud.
3.º Subprograma Estatal de Infraestructuras de investigación y Equipamiento Científico-Técnico.
i. Ayudas para la adquisición y mantenimiento de infraestructuras y equipamientos científicos y tecnológicos en los centros del SNS.
ii. Actuaciones relativas a infraestructuras internacionales.
2. Las actuaciones objeto de la AES podrán incluir las de varios subprogramas o aquellas que, contempladas en el Plan Estatal pudieran ser necesarias para la consecución de sus fines.
Artículo 11. Formalización y presentación de solicitudes. Comunicaciones electrónicas. 1. La utilización de los medios electrónicos habilitados en la sede electrónica del ISCIII (https://sede.isciii.gob.es) será obligatoria tanto para la presentación de solicitudes y de la restante documentación que sea necesaria en las distintas actuaciones para la justificación y seguimiento de las subvenciones concedidas, así como para aquellos actos que se determinen en cada actuación.

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