Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/ y en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 46 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos, Código 1419, por el sistema general de acceso libre, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio (BOE del 31).
1.2 Del total de las 46 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
3. Programa. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación. 4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título de Ingeniero Técnico Aeronáutico o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, al finalizar el plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
5. Experiencia previa en el sector. De acuerdo con lo previsto en los apartados M.B.902 (anexo I, parte M), 145.B.10 (anexo II, parte 145, sección B), y 147.b.10 (anexo IV, parte 147, sección B) del Reglamento (UE) n.º 1321/2014 de la Comisión de 26 de noviembre de 2014, ARA.Gen.200 (Anexo VII) del Reglamento (UE) n.º 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, el apartado 21.B.25 del Anexo I (Parte 21) del Reglamento (UE) n.º 748/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, y el apartado ARO.GEN.200 a) 2. (Anexo II, sección II) del Reglamento (UE) n.º 965/2012 de la Comisión, de 5 de octubre de 2012, los aspirantes, para ser admitidos al proceso selectivo, deberán acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las funciones propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, o de la Dirección General de Aviación Civil, descritas en el Real Decreto 447/2012 de 1 de marzo y el resto de la normativa aplicable.
La acreditación de estos requisitos se realizará de acuerdo con lo descrito en el Anexo V, para lo que habrán de presentar la documentación correspondiente junto con la instancia.
6. Solicitudes. 6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» - del 2 al 29 de marzo de 2019, a.i. - y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
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