Conselleria d’Infraestructures i Transport . ORDE de 18 de setembre de 2009, de la Conselleria d’Infraestructures i Transport, sobre concessió d’ajudes de l’Agència Valenciana de l’Energia, en el marc del Pla d’Acció de l’Estratègia d’Estalvi i Eficiència Energètica 2008-2012 (PAE4+) en el sector transport per a l’exercici 2009. [2009/11347]
ORDEN de 18 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en el sector Transporte para el ejercicio 2009. [2009/11347]
Objeto y ámbito.- 1. El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía para el ejercicio
2009 en el sector transporte enmarcado en el Plan de Acción 2008- 2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+) que aprobó el Gobierno en el Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, en el que se recogen actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
2. El régimen de ayudas será de aplicación tal y como se determina en los siguientes artículos.
Actuaciones apoyables.- 1. Las actuaciones objeto de ayuda se resumen en el siguiente cuadro:
Código Actuación
T21
- Planes de Movilidad Urbana (PMUS):
- A. Redacción de Planes de Movilidad Urbana Sostenible
- B. Actuaciones relacionadas con los PMUS
- C. Promoción del transporte urbano en bicicleta
T22
- Planes de transporte para empresas
- A. Proyectos piloto para la ejecución de Planes de Transporte en empresas
- B. Estudios de Planes de Transporte para empresas
T24 - Inversiones en sistemas de gestión de flotas
T27 - Renovación de flotas de transporte por carretera
T28 - Transformación de vehículos turismos a GLP
T29
- Inversiones en estaciones de recarga de combustible
- A. Estaciones de recarga de GN, GLP e Hidrógeno
- B. Estaciones de recarga eléctricas
La descripción y particularidades de cada una de dichas actuaciones se especifican en el anexo I de la presente orden.
3. Las ayudas que se establecen en la presente orden tendrán la consideración de subvención a fondo perdido, siendo el porcentaje máximo de ayuda a aplicar sobre el coste elegible del proyecto el establecido en cada caso en el anexo I de la orden.
Beneficiarios.- 1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en el anexo I para cada actuación apoyable. Excepcionalmente, se podrán apoyar los proyectos presentados por solicitantes que reúnan unas características distintas a las establecidas para cada caso en dicho Anexo, cuando se estimen relevantes en atención a las líneas de política energética.
2. Serán consideradas PYME aquéllas que cumplan con la definición que establece la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20.05.2003).
3. La ayuda solo podrá otorgarse a empresas que no estaban en crisis el 1 de julio de 2008. Si podrá concederse a empresas que no estaban en crisis en esa fecha, pero que han empezado a estar en crisis después, como consecuencia de la crisis económica y financiera.
6. Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.
Presentación de solicitudes.- 1. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
1.1. Solicitud y memoria técnica.
a) Solicitud normalizada, cumplimentada en impreso-papel facilitado por la Agencia Valenciana de la Energía, o bien empleando el programa informático disponible en la página web de la Agencia (http://www.aven.es/ ).
b) Memoria técnica del proyecto en función de la actuación a la que se soliciten ayudas, firmada por técnico competente, según modelo facilitado por la Agencia Valenciana de la Energía. Este modelo estará disponible en la web (http://www.aven.es/ ).
Lugar de presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en la sede de la Agencia Valenciana de la Energía en Valencia, calle Colón núm. 1, 4.ª planta. También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 14 de Octubre al 24 de noviembre, a.i.]
ORDEN de 18 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012 (PAE4+) en el sector Transporte para el ejercicio 2009. [2009/11347]
Objeto y ámbito.- 1. El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía para el ejercicio
2009 en el sector transporte enmarcado en el Plan de Acción 2008- 2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+) que aprobó el Gobierno en el Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, en el que se recogen actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
2. El régimen de ayudas será de aplicación tal y como se determina en los siguientes artículos.
Actuaciones apoyables.- 1. Las actuaciones objeto de ayuda se resumen en el siguiente cuadro:
Código Actuación
T21
- Planes de Movilidad Urbana (PMUS):
- A. Redacción de Planes de Movilidad Urbana Sostenible
- B. Actuaciones relacionadas con los PMUS
- C. Promoción del transporte urbano en bicicleta
T22
- Planes de transporte para empresas
- A. Proyectos piloto para la ejecución de Planes de Transporte en empresas
- B. Estudios de Planes de Transporte para empresas
T24 - Inversiones en sistemas de gestión de flotas
T27 - Renovación de flotas de transporte por carretera
T28 - Transformación de vehículos turismos a GLP
T29
- Inversiones en estaciones de recarga de combustible
- A. Estaciones de recarga de GN, GLP e Hidrógeno
- B. Estaciones de recarga eléctricas
La descripción y particularidades de cada una de dichas actuaciones se especifican en el anexo I de la presente orden.
3. Las ayudas que se establecen en la presente orden tendrán la consideración de subvención a fondo perdido, siendo el porcentaje máximo de ayuda a aplicar sobre el coste elegible del proyecto el establecido en cada caso en el anexo I de la orden.
Beneficiarios.- 1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, dependiendo de lo establecido en el anexo I para cada actuación apoyable. Excepcionalmente, se podrán apoyar los proyectos presentados por solicitantes que reúnan unas características distintas a las establecidas para cada caso en dicho Anexo, cuando se estimen relevantes en atención a las líneas de política energética.
2. Serán consideradas PYME aquéllas que cumplan con la definición que establece la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOUE núm. L 124/36, de 20.05.2003).
3. La ayuda solo podrá otorgarse a empresas que no estaban en crisis el 1 de julio de 2008. Si podrá concederse a empresas que no estaban en crisis en esa fecha, pero que han empezado a estar en crisis después, como consecuencia de la crisis económica y financiera.
6. Los beneficiarios deberán tener su domicilio, sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y los proyectos objeto de ayuda deberán estar localizados en dicho territorio.
Presentación de solicitudes.- 1. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
1.1. Solicitud y memoria técnica.
a) Solicitud normalizada, cumplimentada en impreso-papel facilitado por la Agencia Valenciana de la Energía, o bien empleando el programa informático disponible en la página web de la Agencia (http://www.aven.es/ ).
b) Memoria técnica del proyecto en función de la actuación a la que se soliciten ayudas, firmada por técnico competente, según modelo facilitado por la Agencia Valenciana de la Energía. Este modelo estará disponible en la web (http://www.aven.es/ ).
Lugar de presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa podrán presentarse en la sede de la Agencia Valenciana de la Energía en Valencia, calle Colón núm. 1, 4.ª planta. También podrán presentarse en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 14 de Octubre al 24 de noviembre, a.i.]
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