MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Resolución de 7 de septiembre de 2009, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan subvenciones para la organización y participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en los campeonatos de España en edad escolar para el año 2010.
Convocatoria, objeto y normativa aplicable..- 1. El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a financiar gastos derivados de la participación de las selecciones autonómicas en los Campeonatos de España en Edad Escolar para el año 2010, y los derivados de la organización de dichos Campeonatos por las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía.
5. Los objetivos de la convocatoria de los Campeonatos de España en Edad Escolar, así como las condiciones para inscribirse en los mismos por parte de las Comunidades y Ciudades Autónomas interesadas se regulan en la Resolución de 3 de septiembre de 2009 del Presidente del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan los Campeonatos de España en Edad Escolar para el año 2010.
Subvenciones para desplazamientos.- Cuando los desplazamientos sean organizados por las Comunidades Autónomas, el Consejo Superior de Deportes aplicará los baremos de compensación económica siguientes:
A razón de hasta un máximo de 0,10 €/km/persona, desde la capital de la Comunidad o Ciudad Autónoma hasta la ciudad donde se celebre la competición.
Subvenciones para alojamiento y alimentación.- Cuando se subvencionen los gastos de alojamiento y alimentación, el importe será de hasta un máximo de 70 € por persona y día.
Concesión de sedes y subvenciones para gastos generales de organización.- 1. Las solicitudes para la organización de las Fases Finales de los Campeonatos de España en Edad Escolar deberán estar formuladas por las Comunidades y Ciudades Autónomas interesadas y enviadas como fecha tope el 15 de octubre de 2009 al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
Convocatoria, objeto y normativa aplicable..- 1. El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a financiar gastos derivados de la participación de las selecciones autonómicas en los Campeonatos de España en Edad Escolar para el año 2010, y los derivados de la organización de dichos Campeonatos por las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía.
5. Los objetivos de la convocatoria de los Campeonatos de España en Edad Escolar, así como las condiciones para inscribirse en los mismos por parte de las Comunidades y Ciudades Autónomas interesadas se regulan en la Resolución de 3 de septiembre de 2009 del Presidente del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan los Campeonatos de España en Edad Escolar para el año 2010.
Subvenciones para desplazamientos.- Cuando los desplazamientos sean organizados por las Comunidades Autónomas, el Consejo Superior de Deportes aplicará los baremos de compensación económica siguientes:
A razón de hasta un máximo de 0,10 €/km/persona, desde la capital de la Comunidad o Ciudad Autónoma hasta la ciudad donde se celebre la competición.
Subvenciones para alojamiento y alimentación.- Cuando se subvencionen los gastos de alojamiento y alimentación, el importe será de hasta un máximo de 70 € por persona y día.
Concesión de sedes y subvenciones para gastos generales de organización.- 1. Las solicitudes para la organización de las Fases Finales de los Campeonatos de España en Edad Escolar deberán estar formuladas por las Comunidades y Ciudades Autónomas interesadas y enviadas como fecha tope el 15 de octubre de 2009 al Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
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