jueves, 8 de octubre de 2009

5 + 4 Becas de especialización en Metrología y actividades complementarias, de 5 titulados superiores universitarios y 4 titulados de grado medio

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Resolución de 21 de septiembre de 2009, de la Presidencia del Centro Español de Metrología, por la que se convocan becas para la formación de especialistas en metrología.
ANEXO 1

Normas de la convocatoria 2009 de las becas para la formación de especialistas en Metrología
1. Objeto de las becas.- 1.1 Las becas convocadas tienen por objeto la especialización en Metrología y actividades complementarias, de cinco titulados superiores universitarios y cuatro titulados de grado medio.
1.2 Se convocan:
a) Una beca para la especialización en Metrología, al objeto de contribuir a la formación de Licenciados en Ciencias Físicas, o Ingenieros Superiores. Dicha actividad formativa se desarrollará en el área técnica de Masa del Centro.
b) Dos becas para la especialización en Metrología, al objeto de contribuir a la formación de Licenciados en Ciencias Químicas o Ingenieros Químicos Superiores. Dicha actividad formativa se desarrollará en las áreas de Temperatura y Operaciones del Centro.
c) Una beca para la especialización en Metrología, al objeto de contribuir a la formación de Licenciados en Ciencias Físicas, Químicas, Ambientales, Ingenieros Superiores. Dicha actividad formativa se desarrollará en el Servicio de Calidad del Centro.
d) Una beca para la especialización en Metrología, al objeto de contribuir a la formación de Licenciados en Traducción e Interpretación de Inglés o en Filología Inglesa. Dicha actividad formativa se desarrollará en las Divisiones Científica y de Metrología Legal, así como en la Secretaria General del Centro.
e) Tres becas de formación en Metrología para titulados de Grado Medio, del tipo Ingenieros Técnicos, que desarrollarán su actividad formativa en las áreas de Longitud, Operaciones y el Servicio de Automática del Centro.
f) Una beca al objeto de contribuir a la formación especializada de un Diplomado en Biblioteconomía y Documentación, que desarrollará su actividad en el Archivo, la Biblioteca y el Museo del Centro.
2. Requisitos que deben reunir los solicitantes.- 2.1 Podrán ser beneficiarios de las becas de formación de especialistas en Metrología convocadas por la presente Resolución, aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas y subvenciones públicas, reúnan los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o extranjero, con residencia legal en España en el momento de solicitar la beca.
2.1.2 El solicitante deberá encontrarse en posesión del título académico adecuado para cada tipo de beca, o acreditar el abono de los derechos para su expedición, al término del plazo de presentación de solicitudes, habiendo tenido que finalizar los estudios correspondientes a dicho título en el año 2005 o posterior.
2.1.3 Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
3. Dotación económica de las becas.- 3.1 La cuantía anual de cada una de las becas es de 18000 euros brutos, para el licenciado o titulado superior universitario y 15000 euros brutos para el diplomado o titulado de grado medio o con titulación equivalente, abonándose su importe por mensualidades vencidas, que en ningún caso tendrán consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación.
3.2 En función del presupuesto anual del organismo, se podrá habilitar un fondo para la asistencia a cursos, seminarios o actividades que se determinen por la Dirección del Centro.
3.3 El Centro se hará cargo del coste del seguro de asistencia sanitaria y de accidentes corporales de los becarios.
5. Duración de las becas.- 5.1 La duración de cada beca será de doce meses prorrogables, por acuerdo del Director del Centro Español de Metrología, por períodos iguales hasta un máximo de tres años.
7. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.- 7.1 Los aspirantes remitirán solicitud normalizada según figura en el anexo 2, dirigida al Director del Centro Español de Metrología.
7.2 La documentación deberá presentarse en el registro del organismo, situado en c/ del Alfar, número 2, 28760 Tres Cantos (Madrid), o remitirse al mismo por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
7.3 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 9 al 28 de Octubre, a.i.]

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