viernes, 9 de octubre de 2009

ayudas para el fomento de la dinamización del entorno tecnológico del Sistema Nacional de Salud.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Orden SAS/2737/2009, de 2 de octubre, por la que se establece la convocatoria para la concesión de ayudas para el fomento de la dinamización del entorno tecnológico del Sistema Nacional de Salud.
Objetivo.- 1. El objetivo general de estas ayudas es el fomento de la cooperación público-privada en acciones singulares de orientación a la praxis clínica en propuestas relacionadas con aplicación de las terapias avanzadas y biomateriales aplicados a estas terapias, medicamentos huérfanos, vacunas, nuevas tecnologías y moléculas innovadoras en distintos tipos de acciones:
a) Acciones de investigación clínica con medicamentos de uso humano especialmente en Terapias Avanzadas, medicamentos huérfanos y vacunas.
b) Acciones de innovación y desarrollo de tecnologías sanitarias para el Sistema Nacional de Salud.
Compatibilidad.- 1. Las ayudas concedidas en esta convocatoria, serán compatibles con otras ayudas, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, sin que en ningún caso
puedan superarse los límites de intensidad de ayudas permitidos por el Encuadramiento Comunitario sobre ayudas de Estado de Investigación y Desarrollo (96/C45/06).
2. El solicitante será responsable de la presentación por parte de los posibles beneficiarios de estas ayudas de una declaración que contenga las ayudas que hayan obtenido o solicitado para las propuestas y proyectos presentados en esta convocatoria, tanto al presentar las propuestas como en cualquier momento ulterior en que se produzca esta circunstancia.
Características de las ayudas.- 1. Se otorgara una cantidad en concepto de anticipo reembolsable.
2. El plazo máximo de amortización del anticipo reembolsable será de quince años, modulable en la respectiva resolución de concesión atendiendo a la naturaleza y a las características de la propuesta, con un plazo de carencia de tres años adicionales y el tipo de interés de aplicación será del cero por ciento anual.
Presupuesto de las propuestas y duración de las mismas.- Las propuestas deberán tener una duración mínima de un año y máxima de cuatro años.
El importe máximo a conceder por propuesta, y en su caso proyecto del anticipo reembolsable, no podrá exceder el 75 por 100 del presupuesto de la propuesta y en su caso proyecto.
Formalización y presentación de solicitudes.- 1. Los interesados cumplimentarán necesariamente la documentación que se señala en esta convocatoria. Los modelos normalizados y las instrucciones para su cumplimentación se encontrarán disponibles en la página web http://www.msps.es/ayudasDGTAT . Los solicitantes deberán imprimir y firmar los documentos originales para su entrega, con el resto de la documentación, en el Registro General del Ministerio de Sanidad y Política Social, Paso del Prado 18-20, 28071 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La documentación que no se cumplimente de la manera descrita se considerará como no presentada.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria será de veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.[del 10 al 29 de Octubre, a.i.]

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