lunes, 4 de junio de 2012

proceso de selección para el acceso a (100 plazas) la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas.

1. Convocar el proceso de selección para cubrir las plazas, con parámetros y criterios de selección objetivos, para el acceso a la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas.
3. Ofertar, mediante la presente Resolución, cien (100) plazas distribuidas de la forma que figura en el anexo II.
4. Los aspirantes a adquirir la condición de reservista voluntario que procediendo de la selección efectuada en la convocatoria del año 2011, con asignación definitiva de plazas, y que por causas justificadas no hayan realizado las fases de Formación Militar Básica y/o Específica, podrán, por una sola vez, acogerse a alguno de los períodos indicados en esta convocatoria.
La solicitud se dirigirá al Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra, a la Jefatura de Personal de la Armada, al Mando de Personal del Ejército del Aire o a la Subdirección General de Ordenación y Política de Enseñanza, según corresponda, debiendo tener entrada en el registro procedente con un mínimo de quince (15) días naturales antes de la fecha prevista de incorporación para la realización del periodo de formación elegido.
ANEXO I - Bases de la convocatoria
1. Objeto. Regular el proceso de selección, por el sistema de concurso, para el acceso a la condición de reservista voluntario de las categorías de oficial, suboficial y tropa y marinería.
2. Condiciones para tomar parte en la convocatoria. Podrán optar a las plazas ofertadas, quienes cumplan las siguientes condiciones:
2.1 Generales:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en la fecha en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y no alcanzar en el presente año una edad máxima de cincuenta y ocho (58) años, para las plazas de las categorías de oficial y suboficial, y de cincuenta y cinco (55) años para las de tropa y marinería.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) No hallarse procesado o imputado en algún procedimiento judicial por delito doloso.
e) No estar privado de los derechos civiles.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de la función pública.
g) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la base 7.
h) No haber resuelto su compromiso como reservista voluntario con anterioridad, por alguna de las siguientes causas:
1) ...
i) No haberle sido denegada la ampliación de compromiso como reservista voluntario.
j) No ostentar la condición de militar profesional, Guardia Civil o personal estatutario del Centro Nacional de Inteligencia.
k) No haber finalizado su relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas como consecuencia de:
1) ...
l) No haber resuelto el compromiso como militar de complemento o como militar de tropa y marinería como consecuencia de:
1) ...
m) En el caso de haber sido militar de complemento, no tener denegada la renovación del compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en el artículo 77.2 y disposición transitoria quinta.3, respectivamente, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
n) En el caso de haber sido militar de tropa y marinería, no tener denegada la renovación de compromiso o la suscripción del compromiso de larga duración que se establecen en los artículos 8 y 9, respectivamente, de la Ley 8/2006, de 24 de abril.
2.2 Específicas:
a) Acreditar los niveles educativos o títulos profesionales que se indican a continuación:
1) Para acceder a las plazas de la categoría de oficial:
a) Tener aprobados los estudios de primer ciclo de educación universitaria, o los estudios completos de tres cursos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores.
b) Haber superado los estudios correspondientes al ciclo de grado o estar en posesión del título de graduado o graduada, o título equivalente, con la denominación que conste en el Registro de Universidades, Centros y Títulos regulado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.
c) Estar en posesión de los mismos títulos que se exigen para el acceso a la condición de militar de carrera de los Cuerpos de Ingenieros o de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
2) Para acceder a las plazas de la categoría de suboficial:
a) Estar en posesión del Título de Bachiller, establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o título equivalente.
b) Haber superado la prueba de acceso a la universidad prevista en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
c) Estar en posesión de los títulos de formación profesional de técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos.
3) Para acceder a las plazas de la categoría de tropa y marinería, estar en posesión del título de Graduado Escolar o 2.º Curso de Educación Secundaria Obligatoria aprobado en su totalidad o sus equivalentes a efectos académicos.
4) En su caso, los estudios obtenidos conforme a sistemas educativos extranjeros deberán estar homologados a los correspondientes títulos españoles del Catálogo de títulos universitarios oficiales, al amparo del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero («BOE» número 55, de 4 de marzo), ...
3. Cita previa para participar en el proceso de selección. 3.1 La participación en el proceso de selección de esta convocatoria se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del candidato, según modelo que figura como apéndice 1.
El plazo de solicitud de cita previa será de veinte (20) días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o Puntos de Información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902432100 o a través de la página web del Ministerio de Defensa «www.reclutamiento.defensa.gob.es».
También podrá solicitarse en las unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del solicitante.
De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá a la Subdelegación de Defensa en Madrid.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia