Ajuntament de Les Coves de Vinromà (Plana Alta-Castelló) .Bases generales de la convocatoria que ha de regir la selección y contratación de dos socorristas mediante concurso de méritos para la piscina municipal del ayuntamiento de Coves de Vinromá, durante la campaña estival de 2012
I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria tiene por objeto la selección y contratación de DOS socorristas con carácter temporal, bajo la modalidad contractual prevista en el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado en el R.D. 2720/98, cuya duración previsible será de DOS meses comprendida entre los días 23 de Junio y 2 de Septiembre de 2012, sin que haya de entenderse tal fecha como definitiva del comienzo dado que podrá modificarse en función de la fecha de apertura de las piscinas.
Las personas contratadas, en régimen laboral temporal, no adquirirán, en ningún caso, la condición de funcionarios ni la de empleados laborales fijos de este Ayuntamiento.
II.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO Y FUNCIONES DEL PUESTO.
La duración previsible de los contratos será de DOS meses. La jornada laboral será de 35 horas semanales.
Los puestos serán retribuidos según el Convenio Colectivo para las actividades de Piscinas e Instalaciones Deportivas.
Asimismo cada contratado, deberá aceptar los turnos que en forma de alternancia establezca el Ayuntamiento, de modo que ninguno de los trabajadores se siente perjudicado. Tal régimen de turnos podrá ser sustituido por el mutuo acuerdo entre los trabajadores.
Las funciones serán las propias del puesto a desempeñar señalando a modo indicativo las siguientes:
a) El socorrista permanecerá en la zona de baño durante el horario de funcionamiento, debiendo ser identificado de forma fácil por los usuarios de la piscina.
b) Vigilar permanente el vaso de la piscina y sus cercanías para prevenir accidentes.
c) Aplicar las técnicas de primeros auxilios.
d) Colaborar en el traslado de accidentados, en caso de ser necesario y no existir otras posibilidades.
e) Supervisar el correcto estado de los vasos, y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.
f) Supervisar el correcto uso por parte de los bañistas de las instalaciones, controlando el aforo máximo por bañistas, de forma que cada bañista cuente con 1 m2 de lámina de agua.
g) Velar permanente para hacer cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos.
h) informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad.
i) Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total cumplimiento de la legislación que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio.
j) Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.
k) Observar en todo momento el necesario decoro personal, la corrección y respeto debido a los usuarios.
l) Responsabilidad del botiquín y estricto control del inventario del mismo.
III.- CONSIGNACIÓN.
Para estas contrataciones existe consignación presupuestaria con cargo al presupuesto vigente de 2012
IV.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano comunitario.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, el día que se inicie el correspondiente contrato de trabajo.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad ni hallarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firma, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
e) Estar en posesión de la Titulación de graduado en ESO o equivalente y título o diploma habilitantes para salvamento acuático.
Los requisitos mencionados deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
V.- JORNADA Y HORARIOS. La jornada diaria será de 5 horas. Los horarios serán los siguientes:
Horario de mañana: de 11:00 a 16:00
Horario de tarde: de 16:00 a 21:00
VI.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Una vez aprobadas las presentes bases por el Alcalde, el anuncio de la convocatoria se publicará, junto con las bases, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Coves de Vinromà, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el art. 38.4 en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP [BOP 68 - 7 de junio de 2012] {del 8 al 15 de juny de 2012, a.i.}, y conforme al modelo que figura en el Anexo I. - www.lescovesdevinroma.es
I.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria tiene por objeto la selección y contratación de DOS socorristas con carácter temporal, bajo la modalidad contractual prevista en el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores y desarrollado en el R.D. 2720/98, cuya duración previsible será de DOS meses comprendida entre los días 23 de Junio y 2 de Septiembre de 2012, sin que haya de entenderse tal fecha como definitiva del comienzo dado que podrá modificarse en función de la fecha de apertura de las piscinas.
Las personas contratadas, en régimen laboral temporal, no adquirirán, en ningún caso, la condición de funcionarios ni la de empleados laborales fijos de este Ayuntamiento.
II.- CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO Y FUNCIONES DEL PUESTO.
La duración previsible de los contratos será de DOS meses. La jornada laboral será de 35 horas semanales.
Los puestos serán retribuidos según el Convenio Colectivo para las actividades de Piscinas e Instalaciones Deportivas.
Asimismo cada contratado, deberá aceptar los turnos que en forma de alternancia establezca el Ayuntamiento, de modo que ninguno de los trabajadores se siente perjudicado. Tal régimen de turnos podrá ser sustituido por el mutuo acuerdo entre los trabajadores.
Las funciones serán las propias del puesto a desempeñar señalando a modo indicativo las siguientes:
a) El socorrista permanecerá en la zona de baño durante el horario de funcionamiento, debiendo ser identificado de forma fácil por los usuarios de la piscina.
b) Vigilar permanente el vaso de la piscina y sus cercanías para prevenir accidentes.
c) Aplicar las técnicas de primeros auxilios.
d) Colaborar en el traslado de accidentados, en caso de ser necesario y no existir otras posibilidades.
e) Supervisar el correcto estado de los vasos, y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.
f) Supervisar el correcto uso por parte de los bañistas de las instalaciones, controlando el aforo máximo por bañistas, de forma que cada bañista cuente con 1 m2 de lámina de agua.
g) Velar permanente para hacer cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos.
h) informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad.
i) Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total cumplimiento de la legislación que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio.
j) Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.
k) Observar en todo momento el necesario decoro personal, la corrección y respeto debido a los usuarios.
l) Responsabilidad del botiquín y estricto control del inventario del mismo.
III.- CONSIGNACIÓN.
Para estas contrataciones existe consignación presupuestaria con cargo al presupuesto vigente de 2012
IV.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ciudadano comunitario.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, el día que se inicie el correspondiente contrato de trabajo.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad ni hallarse inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firma, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
e) Estar en posesión de la Titulación de graduado en ESO o equivalente y título o diploma habilitantes para salvamento acuático.
Los requisitos mencionados deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
V.- JORNADA Y HORARIOS. La jornada diaria será de 5 horas. Los horarios serán los siguientes:
Horario de mañana: de 11:00 a 16:00
Horario de tarde: de 16:00 a 21:00
VI.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Una vez aprobadas las presentes bases por el Alcalde, el anuncio de la convocatoria se publicará, junto con las bases, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Coves de Vinromà, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el art. 38.4 en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP [BOP 68 - 7 de junio de 2012] {del 8 al 15 de juny de 2012, a.i.}, y conforme al modelo que figura en el Anexo I. - www.lescovesdevinroma.es
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