1. Objeto y finalidad. 1. Se convocan, para el año 2012, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la financiación del coste de la traducción a lenguas extranjeras de obras literarias o científicas publicadas originariamente en español o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la edición y publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural español.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la edición y publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural español.
4. Beneficiarios, requisitos y exclusiones. 1. Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, siempre que estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor ininterrumpida de 2 años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria. ...
5. Forma de presentación de la solicitud. 1. Para solicitar la subvención deberá presentarse, a máquina, en castellano, los modelos oficiales que figuran en los anexos de la presente resolución.
Anexo I: Datos de la empresa (uno por empresa).
Anexo II: Datos del proyecto de traducción (uno por cada libro).
Anexo III: Declaración de no estar incurso en una causa de incompatibilidad o prohibición (uno por empresa).
Anexo IV: Declaración acerca de actos y actividades en territorio español sujetas a obligaciones tributarias y de seguridad social (uno por empresa).
Anexo V: Declaración de otras ayudas obtenidas (uno por empresa).
En la página web del Ministerio se publicará una guía informativa.
Anexo I: Datos de la empresa (uno por empresa).
Anexo II: Datos del proyecto de traducción (uno por cada libro).
Anexo III: Declaración de no estar incurso en una causa de incompatibilidad o prohibición (uno por empresa).
Anexo IV: Declaración acerca de actos y actividades en territorio español sujetas a obligaciones tributarias y de seguridad social (uno por empresa).
Anexo V: Declaración de otras ayudas obtenidas (uno por empresa).
En la página web del Ministerio se publicará una guía informativa.
6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finaliza dos meses después. {del 26 de junio al 25 de agosto de 2012,a.i.}
2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio Educación, Cultura y Deporte, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como ante las representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero. También se podrán presentar en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC).
A efectos de comprobación de su presentación en plazo, las solicitudes remitidas a través de servicios de mensajería privados o de servicios de correo extranjeros se considerarán presentadas en la fecha que hayan tenido entrada en el registro de algún organismo oficial.
Los interesados que lo deseen, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio
2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio Educación, Cultura y Deporte, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como ante las representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero. También se podrán presentar en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC).
A efectos de comprobación de su presentación en plazo, las solicitudes remitidas a través de servicios de mensajería privados o de servicios de correo extranjeros se considerarán presentadas en la fecha que hayan tenido entrada en el registro de algún organismo oficial.
Los interesados que lo deseen, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio
(https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/), en el apartado «trámites y procedimientos».
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