lunes, 3 de junio de 2019

1 Notificador-Conserje y bolsa de trabajo por oposición libre, turno de discapacidad. Ayuntamiento de Aguilas.(Murcia)

Ayuntamiento de AguilasExtracto de convocatoria para la selección de un Notificador-Conserje y bolsa de trabajo por oposición libre, turno de discapacidad.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2019, núm. 2019-1197, se han aprobado las Bases que regularán la convocatoria para selección de un Notificador-Conserje y formación de Bolsa de trabajo, mediante oposición libre y por turno de discapacidad, para ser nombrado funcionario interino para el desempeño de cometidos propios de funcionarios de carrera, cuando concurra alguna de las causas contempladas en el artículo 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 
En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base quinta de las que regulan la convocatoria. Las instancias se dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Águilas, y se presentarán en el Registro General de Entrada de la Corporación, durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente extracto de las bases en el BORM También podrán presentarse en la forma prevista en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, debiendo remitir el mismo día de la presentación copia de la solicitud al Ayuntamiento de Águilas al e-mail (personal@ayuntamientodeaguilas.org). 
A la instancia se acompañará original, copia auténtica o compulsada del DNI, o documento acreditativo de la identidad y nacionalidad, fotocopia compulsada de la titulación exigida (como mínimo del certificado de escolaridad o credencial que acredite su homologación), fotocopia compulsada del permiso de conducir de ciclomotores hasta 50cc (Clase AM), declaración expedida por el organismo competente de la discapacidad reconocida con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y certificado médico acreditativo de la posesión de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas expresadas en la base segunda, así como declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. 
Las Bases de la presente convocatoria y sucesivos trámites y actuaciones del tribunal se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Sección de Personal y en la página web del Ayuntamiento de Águilas: http://www.ayuntamientodeaguilas.org

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