miércoles, 12 de junio de 2019

Bolsa de trabajo de Informador/a Turístico/a (C1). Ayuntamiento El Campello

 “Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de informadores turísticos mediante el sistema de concurso-oposición.
INDICE
Base Primera. Regulación aplicable
Base Segunda. Objeto de la convocatoria. Sistema de selección. Funciones a desempeñar.
- Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante el sistema selectivo de concurso oposición, de una bolsa de trabajo de informadores turísticos, Escala Administración Especial, Grupo Clasificación C Subgrupo C1, de los establecidos en el Art. 76 del RD 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, complemento de destino 20 y demás emolumentos que correspondan según la legislación vigente.
- Las retribuciones del puesto de trabajo serán las legales señaladas en el presupuesto municipal vigente, y de acuerdo a la RPT del Ayuntamiento del Campello.
- Las funciones y tareas a desempeñar serán las siguientes:
1.
Estudiar los expedientes administrativos de su competencia 
2. Elaborar la documentación necesaria para la tramitación de los expedientes siguiendo las directrices internas de su jefatura de servicio 
3. Informar y asesorar sobre las actividades, recursos, servicios, programas y convocatorias que puedan ser de interés para los turistas y visitantes del municipio, así como a sus directos colaboradores sobre aquellas cuestiones que se precisen para la buena marcha de los trabajos 
4. Colaborar en la puesta en marcha de todas las actuaciones relacionadas con la divulgación de actividades turísticas del municipio; en la aportación de datos en informes, propuestas, expedientes, etc.; así como en el desarrollo de jornadas y eventos que redunden en la potenciación de los activos del municipio, promoción de actuaciones que sirvan de atractivo para el turismo de calidad y para la modernización tecnológica del entramado empresarial del sector turístico. 
5. Realizar y supervisar todas las actividades relacionadas con sus cometidos que se le encomienden (tales como la recogida de información de interés para los visitantes del municipio; estadísticas y datos de ocupación, encuestas, la cumplimentación de impresos; realización de cálculos de complejidad media; remisión o entrega de documentación; clasificación, registro y archivo de programas, expedientes y otros documentos que lleguen a la unidad; actualización y seguimiento de redes sociales, web, apps y similares, preparación material ferias, asistencia ferias, visitas guiadas o tareas relacionadas), y cualquier otra tarea que le habilite su título profesional; así como la atención e información, ya sea personal o telefónica o por  medios electrónicos sobre los servicios o el estado de los expedientes o procesos, y/o sobre cualquier información  por razón de sus cometidos.
6. Proponer mejoras en el servicio, así como plantear las necesidades de conocimientos concretos, en el ámbito de su actividad, que lleven a la formación y el reciclaje profesional en el puesto o la unidad a la que se haya adscrito. 
7. Conocer toda la información que resulte necesaria para el desempeño de sus cometidos (ordenanzas, leyes, etc.) así como los idiomas inglés y francés. 
8. Manejar a nivel de usuario las herramientas propias del puesto (web, redes sociales, internet, apps, otras herramientas digitales, programas informáticos, idiomas inglés y francés etc), con aprendizaje si fuera necesario 
9. Para asegurar el correcto funcionamiento de los servicios públicos municipales, además de las tareas especificadas, realizará cualquier otra que le sea asignada por la Alcaldía-Presidencia y/o por su jefe de servicio dentro del ámbito de las funciones recogidas en esta descripción.
Base Tercera. Condiciones de las personas aspirantes Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento del nombramiento como funcionarios interinos o de la contratación laboral además de los requisitos que se indican en las Bases Generales, los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Bachiller o Técnico, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 
- En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La convalidación u homologación de los títulos deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
Base Cuarta. Instancias y Derechos de examen
a. Requisitos de las instancias Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse a lo siguiente:
 - Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del Campello, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en la sede electrónica, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), debiéndose utilizar la instancia modelo facilitada por el Servicio de Recursos Humanos y/o Registro General, y que se hará pública a través de los medios electrónicos que disponga el Ayuntamiento.  
- Las instancias solicitando formar parte del proceso selectivo deberán estar debidamente cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto, debiéndose manifestar inequívocamente por los/as aspirantes que reúnen todas y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en la base tercera referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, así como que se dispone de la documentación original que así lo acredita y que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, en el supuesto de ser necesario. Dicha manifestación expresa será suficiente para ser admitido en las pruebas selectivas. 
- En el supuesto de aspirantes con diversidad funcional deberán hacerlo constar en la solicitud con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medio necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes.
- Para ser admitido en el proceso se deberá haber ingresado los derechos de examen, siendo una tasa por importe de 15,45 euros, en la cuenta número ES22 3005 0043 7611 3970 9925 Caja Rural (Ruralvia) y de conformidad con la ordenanza fiscal que lo regula, mediante ingreso bancario, debiendo hacer constar el puesto al que se aspira y/o la convocatoria, además del nombre completo y DNI.
b. Documentación obligatoria junto a la instancia 
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c. Otras cuestiones de relevancia referidas a las instancias 
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d. Plazo de presentación de instancias 
El plazo de presentación de instancias será de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP [Alacant Nº 111 de 12/06/2019] de la convocatoria y de las bases específicas. En el supuesto de que el último día del plazo de instancias sea inhábil (sábados, domingos o festivos) se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. {del 13 al 19 de junio de 2019, a.i.}
Dicho anuncio podrá consultarse, además, en el tablón electrónico del Ayuntamiento, y a ser posible, en el portal web municipal y/o medios electrónicos de que se disponga.
e. Publicaciones de anuncios de la convocatoria
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Base Quinta. Sistema selectivo: Concurso Oposición.
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