Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE FECHA 5 DE JUNIO DE 2019 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE ALICANTE, POR LA QUE SE APRUEBA LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON POBLACIÓN INFERIOR A 5.000 HABITANTES, PARA REPARACIONES Y CONSERVACIÓN DE CAMINOS DE TITULARIDAD NO PROVINCIAL. ANUALIDAD 2019.
BDNS(Identif.):459951
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Todos los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Alicante menores de 5.000 habitantes, siempre y cuando no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición para ser beneficiario de subvenciones de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto. Fomentar la reparación y mejora de caminos correspondientes a las infraestructuras viarias de titularidad municipal.
Se entenderá a efectos de la convocatoria que son <> los de titularidad municipal, no clasificados como carretera o casco urbano, qué iniciándose en una carretera o en un núcleo urbano terminen sin discontinuidad en otra vía de comunicación o núcleo urbano y tenga un trazado continuo con un punto kilométrico inicial y un punto kilométrico final.
Dentro de dichas actuaciones se definen tres líneas en las que los posibles beneficiarios podrán formular sus solicitudes:
Línea 1 Reparaciones simples y bacheos.
Línea 2 Desbroces. Las actuaciones a incluir se realizarán con medios mecánicos.
Línea 3 Apertura de caminos cortados por incidencias meteorológicas. En esta línea se realizarán las actuaciones mínimas para el estricto restablecimiento de la vialidad, sin la realización de obras de reparación, que serían objeto de petición específica descrita en otras líneas.
Constituye la finalidad de esta Convocatoria, satisfacer las necesidades de los habitantes del municipio y colaborar en la asistencia y cooperación económica y técnica con las Entidades Locales.
BDNS(Identif.):459951
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Todos los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Alicante menores de 5.000 habitantes, siempre y cuando no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición para ser beneficiario de subvenciones de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto. Fomentar la reparación y mejora de caminos correspondientes a las infraestructuras viarias de titularidad municipal.
Se entenderá a efectos de la convocatoria que son <
Dentro de dichas actuaciones se definen tres líneas en las que los posibles beneficiarios podrán formular sus solicitudes:
Línea 1 Reparaciones simples y bacheos.
Línea 2 Desbroces. Las actuaciones a incluir se realizarán con medios mecánicos.
Línea 3 Apertura de caminos cortados por incidencias meteorológicas. En esta línea se realizarán las actuaciones mínimas para el estricto restablecimiento de la vialidad, sin la realización de obras de reparación, que serían objeto de petición específica descrita en otras líneas.
Constituye la finalidad de esta Convocatoria, satisfacer las necesidades de los habitantes del municipio y colaborar en la asistencia y cooperación económica y técnica con las Entidades Locales.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Cada municipio y entidad local menor podrá solicitar un máximo de dos (2) actuaciones correspondientes a las Líneas 1 y 2 dentro de la convocatoria, debiendo formalizarse en el modelo normalizado que se adjunta como Anexo I a la misma, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de esta Diputación Provincial.
Respecto a la Línea 3 por sus características especiales, no se limitará el número de actuaciones por municipio, si bien deberá hacer constar en cada una de ellas de forma expresa, la incidencia meteorológica que la produjo, el volumen de litros caídos y durante qué periodo, siendo admitidas aquellas que se produzcan en los 365 días anteriores a la convocatoria.
El beneficiario que presente dos solicitudes (una en la Línea 1 y otra en la Línea 2), deberá priorizar por orden de preferencia para la ejecución de las mismas.
Deberán ser presentadas a través de la sede electrónica de la Excma. Diputación provincial de Alicante (https://diputacionalicante.sedelectronica.es), al ser los beneficiarios de las mismas, sujetos obligados a relacionarse electrónicamente, y ello de conformidad con lo establecido en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se podrán presentar dentro del periodo y plazo que a continuación se detalla en relación con las Líneas de actuación definidas:
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Líneas 1 y 2
20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Nº 108 de 07/06/2019]. Si el último día coincidiera con un día inhábil, el final del plazo será el primer día siguiente hábil. {del 8 al 27 de junio de 2019, a.i.}
Línea 3
Hasta el 1 de septiembre de 2019
Todas las entidades que concurran a la presente convocatoria y cumplan con los requisitos establecidos en la misma, tendrán derecho a la obtención de una de las solicitudes presentadas en la Línea 1 y 2, atendiendo al orden de prioridad establecido por la entidad solicitante.
Para el otorgamiento de la segunda subvención presentada en la Línea 1 y 2, los servicios técnicos del Departamento de Carreteras del Área de Servicios e Infraestructuras de la Excma. Diputación provincial de Alicante, examinarán las solicitudes formuladas por las entidades ...
Respecto a la Línea 3 por sus características especiales, no se limitará el número de actuaciones por municipio, si bien deberá hacer constar en cada una de ellas de forma expresa, la incidencia meteorológica que la produjo, el volumen de litros caídos y durante qué periodo, siendo admitidas aquellas que se produzcan en los 365 días anteriores a la convocatoria.
El beneficiario que presente dos solicitudes (una en la Línea 1 y otra en la Línea 2), deberá priorizar por orden de preferencia para la ejecución de las mismas.
Deberán ser presentadas a través de la sede electrónica de la Excma. Diputación provincial de Alicante (https://diputacionalicante.sedelectronica.es), al ser los beneficiarios de las mismas, sujetos obligados a relacionarse electrónicamente, y ello de conformidad con lo establecido en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se podrán presentar dentro del periodo y plazo que a continuación se detalla en relación con las Líneas de actuación definidas:
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Líneas 1 y 2
20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Nº 108 de 07/06/2019]. Si el último día coincidiera con un día inhábil, el final del plazo será el primer día siguiente hábil. {del 8 al 27 de junio de 2019, a.i.}
Línea 3
Hasta el 1 de septiembre de 2019
Todas las entidades que concurran a la presente convocatoria y cumplan con los requisitos establecidos en la misma, tendrán derecho a la obtención de una de las solicitudes presentadas en la Línea 1 y 2, atendiendo al orden de prioridad establecido por la entidad solicitante.
Para el otorgamiento de la segunda subvención presentada en la Línea 1 y 2, los servicios técnicos del Departamento de Carreteras del Área de Servicios e Infraestructuras de la Excma. Diputación provincial de Alicante, examinarán las solicitudes formuladas por las entidades ...
Sexto. Otros datos. La documentación a aportar se detalla en la Base Cuarta de la convocatoria, figurando en los Anexos, los correspondientes modelos normalizados de solicitud, certificado y declaración responsable.
Los Anexos que se rigen en la Convocatoria podrán descargarse a través de la pestaña “Catálogo de Trámites”, en el apartado “Información”, de la sede electrónica de la Excma. Diputación provincial de Alicante (https://diputacionalicante.sedelectronica.es)
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