Ayuntamiento de Orihuela. BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA EN PROPIEDAD DE DOCE PLAZAS DE AGENTES DE POLICIA LOCAL MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE [BOP-Alacant Nº 121 de 28/06/2019]
BASE PRIMERA. 1.1 Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante oposición libre de doce plazas de la Policía Local de Orihuela, categoría agente, encuadradas dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, y pertenecientes a la Oferta Pública de Empleo de 2.017 y 2.018, en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre.
BASE PRIMERA. 1.1 Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante oposición libre de doce plazas de la Policía Local de Orihuela, categoría agente, encuadradas dentro de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus Auxiliares, y pertenecientes a la Oferta Pública de Empleo de 2.017 y 2.018, en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre.
El número de plazas convocadas podrá aumentarse con las vacantes que se produzcan con anterioridad a la celebración de las pruebas, dentro de los límites establecidos legalmente.
La Disposición transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, establece que “ Con el fin de conseguir una composición equilibrada en las plantillas de policía local de la Comunitat Valenciana entre hombres y mujeres, se establecerán las acciones positivas previstas en la normativa de igualdad de género a través de los propios planes de igualdad. Para ello, los municipios en los que el número de mujeres no alcance el 40 % de la plantilla de policía local, y hasta que se alcance el citado porcentaje, en las convocatorias para la escala básica se establece una reserva del 30 % de las plazas para mujeres”.
Siendo de aplicación la expresada disposición transitoria séptima, se reservan 4 plazas para mujeres, y las 8 restantes de libre concurrencia.
Una vez publicada la relación de aprobados, los 8 primeros de dicha relación ocuparan las 8 plazas de libre concurrencia. Del resto de aprobados se eliminarán los hombres, y las 4 primeras mujeres serán las que ocuparán las 4 plazas reservadas para ellas. Si no hubiera suficiente número de mujeres, incrementarán las plazas de libre concurrencia.
1.2 Retribución.- Las plazas convocadas están dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo C1, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales.
1.3 Publicidad de la convocatoria.- El texto íntegro de las bases se publicará en el BOP de Alicante y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Orihuela, insertándose un extracto de las mismas en el BOE y en el DOGV.
El texto íntegro se remitirá a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
1.4 Sistema selectivo.- El sistema de selección será el de oposición libre.
BASE SEGUNDA. Requisitos aspirantes.2.1 Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener nacionalidad española.
La Disposición transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, establece que “ Con el fin de conseguir una composición equilibrada en las plantillas de policía local de la Comunitat Valenciana entre hombres y mujeres, se establecerán las acciones positivas previstas en la normativa de igualdad de género a través de los propios planes de igualdad. Para ello, los municipios en los que el número de mujeres no alcance el 40 % de la plantilla de policía local, y hasta que se alcance el citado porcentaje, en las convocatorias para la escala básica se establece una reserva del 30 % de las plazas para mujeres”.
Siendo de aplicación la expresada disposición transitoria séptima, se reservan 4 plazas para mujeres, y las 8 restantes de libre concurrencia.
Una vez publicada la relación de aprobados, los 8 primeros de dicha relación ocuparan las 8 plazas de libre concurrencia. Del resto de aprobados se eliminarán los hombres, y las 4 primeras mujeres serán las que ocuparán las 4 plazas reservadas para ellas. Si no hubiera suficiente número de mujeres, incrementarán las plazas de libre concurrencia.
1.2 Retribución.- Las plazas convocadas están dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo C1, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales.
1.3 Publicidad de la convocatoria.- El texto íntegro de las bases se publicará en el BOP de Alicante y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Orihuela, insertándose un extracto de las mismas en el BOE y en el DOGV.
El texto íntegro se remitirá a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
1.4 Sistema selectivo.- El sistema de selección será el de oposición libre.
BASE SEGUNDA. Requisitos aspirantes.2.1 Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener nacionalidad española.
b) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) Estar en posesión de la titulación académica exigible a la escala básica de Policía Local.
e) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego, y si es preciso, utilizarlas.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A2 que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) Estar en posesión de la titulación académica exigible a la escala básica de Policía Local.
e) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego, y si es preciso, utilizarlas.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A2 que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
h) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con las exclusiones médicas establecidas en este decreto y tener una estatura mínima de 1.65 metros los hombres y 1.60 metros las mujeres.
BASE TERCERA 3.1 Presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas, se dirigirán al Presidente de la Corporación, presentándose en el Registro General de ésta, durante el plazo de 20 días naturales, contado a partir del siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. www.orihuela.es
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