Orden DEF/703/2019, de 19 de junio, por la que se publican las bases reguladoras para la concesión del premio "Fidel Pagés Miravé".
1. Objeto, finalidad, ámbito de aplicación y cuantía del premio. 1. Esta orden ministerial establece las bases reguladoras para la concesión del premio «Fidel Pagés Miravé», que tiene por objeto premiar los trabajos originales de investigación en Ciencias de la Salud y en Ciencia Histórica de Sanidad Militar.
2. La finalidad de estos premios es promover la investigación en el ámbito de la Sanidad Militar.
3. Al tratarse de un premio de carácter internacional, su convocatoria está abierta a cualquier investigador en las áreas referidas en el apartado 1 de este artículo.
4. La cuantía máxima del premio se establece en 9.000 (nueve mil) euros. El importe exacto se fijará en cada convocatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de esta orden ministerial.
2. Beneficiarios. 1. Podrán presentare al premio regulado en esta orden ministerial las personas físicas, españolas o extranjeras, a título individual o integradas en grupos de trabajo.
2. Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiarios, no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
5. Convocatoria. 1. El premio «Fidel Pagés Miravé» se convocará mediante orden ministerial y con periodicidad anual siempre que exista crédito para ello en el ejercicio presupuestario. La convocatoria deberá publicarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado» con arreglo a lo establecido en los artículos 17.3.b) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». Asimismo, el texto íntegro de la convocatoria estará disponible en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es) y en el Portal de Cultura de Defensa (http://www.portalcultura.mde.es).
6. Solicitudes, presentación y causas de exclusión. . 1. Podrán solicitar este premio «Fidel Pagés Miravé» aquellas personas físicas cuyos trabajos estén referidos a temas relacionados con Ciencias de la Salud, con especial exigencia a la metodología científica de investigación y se valorará su relación o utilidad para la Sanidad Militar, o un trabajo original en Ciencia Histórica de la Sanidad Militar, con igual exigencia metodológica y que se base en su mayor parte en fuentes primarias.
Los proyectos, las obras y los trabajos se presentaran en idioma español o inglés y conforme a las instrucciones que se precisarán en la respectiva convocatoria.
Los solicitantes, únicamente, podrán presentar un trabajo al premio «Fidel Pagés Miravé», aun en el caso de coautoría de la obra. Junto con la solicitud se presentarán los documentos que se indicarán en la orden de convocatoria.
La presentación de las solicitudes de participación implica la aceptación del contenido de estas bases reguladoras y de la correspondiente convocatoria.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán elegir entre presentar sus solicitudes a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la citada ley. Las personas que presenten instancias en soporte papel deberán dirigirse a la Inspección General de Sanidad de la Defensa (Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Glorieta del Ejército núm.1, 28047 Madrid).
3. El plazo de presentación será de 30 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la orden ministerial de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
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