Ajuntament de Benidorm. EDICTO BASES CONVOCATORIA CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA OCUPAR TEMPORALMENTE UN PUESTO DE UN PROFESIONAL DE JUVENTUD.
Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria para la creación y constitución de una bolsa de trabajo para ocupar temporalmente un puesto de trabajo de PROFESIONAL DE JUVENTUD, y dar inicio al referido proceso selectivo, de conformidad con las siguientes
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA OCUPAR TEMPORALMENTE UN PUESTO DE UN PROFESIONAL DE JUVENTUD, en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGV núm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
El objeto de la convocatoria es recoger los criterios específicos que servirán para la creación y constitución de una bolsa de trabajo y efectuar la selección y contratación laboral temporal de un/una “Profesional de Juventud” en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGV núm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
1.- OBJETO DE LA OFERTA DE EMPLEO. El objeto de la presente convocatoria es la selección y provisión temporal de un puesto de Profesional de Juventud (hasta el 31/12/2019) y constitución de una bolsa de empleo en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGVnúm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
Las características del puesto de trabajo a cubrir serán las siguientes:
- Denominación del puesto de trabajo: Profesional de Juventud.
- Grupo: A 2.
- Nivel de complemento destino: 22.
- Complemento específico: 22.
- Sistema selectivo: Concurso oposición.
- Titulacion válida: Estar en posesión de Titulación Universitaria Oficial de Licenciado o Grado en Educación Social, Trabajo Social, Psicología, Pedagogía o Magisterio, en base al Anexo I de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del director general del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
Las funciones a desarrollar por el o la Profesional de Juventud son las que vienen definidad en el apartado quinto así como en el Anexo I, punto 2 de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del Director General del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
La selección para la contratación del puesto ofertado deberá realizarse por la Entidad Local con una jornada de 37,5 horas semanales, y a través de un proceso selectivo donde se respeten los principios de publicidad, concurrencia, mérito y capacidad.
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA OCUPAR TEMPORALMENTE UN PUESTO DE UN PROFESIONAL DE JUVENTUD, en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGV núm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
El objeto de la convocatoria es recoger los criterios específicos que servirán para la creación y constitución de una bolsa de trabajo y efectuar la selección y contratación laboral temporal de un/una “Profesional de Juventud” en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGV núm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
1.- OBJETO DE LA OFERTA DE EMPLEO. El objeto de la presente convocatoria es la selección y provisión temporal de un puesto de Profesional de Juventud (hasta el 31/12/2019) y constitución de una bolsa de empleo en base a la subvención que figura en los presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2019 (DOGVnúm 84969, de 28/02/2019) en los que figura el Ayuntamiento de Benidorm en el Anexo de la línea nominativa 10 -Financiación concertada con las Entidades Locales – Juventud como beneficiario de la misma, por un importe de 33.000 Euros.
Las características del puesto de trabajo a cubrir serán las siguientes:
- Denominación del puesto de trabajo: Profesional de Juventud.
- Grupo: A 2.
- Nivel de complemento destino: 22.
- Complemento específico: 22.
- Sistema selectivo: Concurso oposición.
- Titulacion válida: Estar en posesión de Titulación Universitaria Oficial de Licenciado o Grado en Educación Social, Trabajo Social, Psicología, Pedagogía o Magisterio, en base al Anexo I de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del director general del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
Las funciones a desarrollar por el o la Profesional de Juventud son las que vienen definidad en el apartado quinto así como en el Anexo I, punto 2 de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del Director General del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
La selección para la contratación del puesto ofertado deberá realizarse por la Entidad Local con una jornada de 37,5 horas semanales, y a través de un proceso selectivo donde se respeten los principios de publicidad, concurrencia, mérito y capacidad.
3.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES. Para ser admitidas las personas solicitantes en esta convocatoria para el proceso de selección y formar parte de la Bolsa, quienes aspiren a la plaza deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea en términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. En aquellos casos de personas extranjeras cuya nacionalidad no esté comprendida entre los Estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión Magisterio o en condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias del Título Universitario Oficial de Licenciado o Grado en Educación Social, Trabajo Social, Psicología, Pedagogía o. en base al Anexo I de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del director general del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
- No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Se presentará declaración jurada respecto a este punto por parte de la persona solicitante.
- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea en términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. En aquellos casos de personas extranjeras cuya nacionalidad no esté comprendida entre los Estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión Magisterio o en condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias del Título Universitario Oficial de Licenciado o Grado en Educación Social, Trabajo Social, Psicología, Pedagogía o. en base al Anexo I de la Resolución de 20 de febrero de 2019, del director general del Institut Valenciá de la Joventut, DOGV núm.8496 de 28/02/2019.
- No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Se presentará declaración jurada respecto a este punto por parte de la persona solicitante.
- En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los términos al acceso al empleo público.
- Certificación negativa emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 añadido al artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, por la modificación efectuada al mismo en el punto 8 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, que introduce como requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores la acreditación de dicha circunstancia, y en relación con su Disposición transitoria cuarta.
- Certificación negativa emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, de conformidad con lo establecido en el apartado 5 añadido al artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del menor, por la modificación efectuada al mismo en el punto 8 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, que introduce como requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores la acreditación de dicha circunstancia, y en relación con su Disposición transitoria cuarta.
4.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
PUBLICIDAD. Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 114 de 17/06/2019], en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal, www.benidorm.org.
SOLICITUDES: Las personas interesadas tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.benidorm.org.
PUBLICIDAD. Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 114 de 17/06/2019], en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal, www.benidorm.org.
SOLICITUDES: Las personas interesadas tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.benidorm.org.
Para ser admitidas y tomar parte en las pruebas selectivas, las personas solicitantes deberán manifestar en sus instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. Las expresadas condiciones deberán mantenerse a lo largo del proceso selectivo durante el cual las personas interesadas podrán ser requeridas para efectuar las comprobaciones que se estimen oportunas.
PRESENTACIÓN: Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento (Plaza de SS.MM. Reyes de España, 1–03501 Benidorm) o a través de cualquier medio previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
PLAZO: El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases que rigen la convocatoria en el B.O.P. de Alicante. {del 18 de junio al 2 de julio de 2019, a.i.}
PRESENTACIÓN: Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento (Plaza de SS.MM. Reyes de España, 1–03501 Benidorm) o a través de cualquier medio previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
PLAZO: El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases que rigen la convocatoria en el B.O.P. de Alicante. {del 18 de junio al 2 de julio de 2019, a.i.}
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