Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2019 de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca el Premio a las Buenas Prácticas en relación con iniciativas del ámbito público y privado dirigidas a una mayor protección en internet de la privacidad de las mujeres víctimas de violencia por razón de género.
BDNS(Identif.):461999
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán tomar parte en el concurso cualquier persona física, entidad pública o privada de la Unión Europea.
Segundo. Objeto:
Constituye su objeto premiar el desarrollo de una actividad, producto o servicios que, procedente del ámbito público o privado, tenga como características el ser original, creativo, innovador y con impacto social en relación con la protección de datos y la garantía de los derechos y libertades de las personas.
Preferentemente, se considerarán de mayor interés aquellas actividades, productos o servicios destinados a la sensibilización y prevención de las distintas formas de violencia por razón de género en el entorno de internet. A modo de ejemplo de buenas prácticas, se valorarán especialmente las apps, guías, herramientas o materiales que las entidades públicas o privadas desarrollen para prevenir la violencia de género en internet, tanto en el ámbito de los menores, como de personas adultas.
Tercero. Bases Reguladoras:
Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 13 de junio de 2019, publicada en la web www.aepd.es.
Cuarto. Premio:
Si el proyecto ganador correspondiese a una persona física o entidad de naturaleza privada, el premio consistirá en una dotación económica de tres mil (3.000,00 €) euros y la difusión del trabajo premiado. El Jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos (1.500,00 €) euros. Si el Jurado propusiese declarar desierto el premio, este podrá proponer otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos (1.500,00 €) euros.
En el caso de que la candidatura ganadora del premio o el accésit fuese una entidad de naturaleza pública, el premio consistirá en una mención honorífica, mediante diploma concedido al efecto, sin dotación económica y, en su caso, la difusión de las buenas prácticas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de estas bases en el «Boletín Oficial del Estado». El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 15 de noviembre de 2019.
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