Anuncio del Ayuntamiento de Massanassa sobre convocatoria y bases específicas para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar de cultura adscrita al Área de Cultura del Ayuntamiento, mediante el sistema de concurso-oposición libre.
ANUNCIO
La Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Massanassa, mediante Resolución nº 988 de fecha 17 de junio de 2019 ha resuelto lo siguiente:
"PRIMERO. Aprobar la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Cultura adscrita al Área de Cultura, Grupo C, Subgrupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición libre, y en consecuencia aprobar las bases específicas reguladoras del proceso selectivo, cuyo contenido íntegro es el siguiente:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE AUXILIAR DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en propiedad, de una plaza de Auxiliar de Cultura, mediante el sistema de concurso-oposición, de naturaleza funcionarial, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, recogida en la Relación de Puestos de Trabajo (código de puesto 46AACF08) y encuadrado en el Grupo C, Subgrupo C2, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al nivel 16 de complemento de destino y complemento específico de 262 puntos/año.
La plaza objeto de provisión fue incluida en la Oferta de Empleo Público perteneciente al ejercicio 2019.
BASE SEGUNDA. NÚMERO Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Denominación: Auxiliar de Cultura
Naturaleza: Funcionario
Escala: Administración General
Grupo: C, Subgrupo: C2
Sistema selectivo: Concurso-Oposición libre
Las funciones del puesto de trabajo se relacionan en el Anexo II de estas bases y se prestarán en el Edificio Sociocultural, el Auditorio Municipal Salvador Seguí y en cualquiera de los edificios municipales en que se organicen actividades de carácter sociocultural, así como en el término municipal, cuando estas actividades se produzcan en la vía pública.
La jornada de trabajo será de lunes a domingo, a tiempo completo, según calendario del Área de Cultura y según necesidades de cada actividad.
BASE TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en esta convocatoria será necesario:a) Tener la nacionalidad española, o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza a cubrir, así como no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo. Quienes tengan la condición de minusválidos deberán acreditar, con carácter previo al inicio del procedimiento de selección, su aptitud en la forma determinada en el artículo 38.2 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, y en caso contrario no serán admitidos.
c) No hallarse incurso en ninguna causa de incompatibilidad o de incapacidad de las establecidas legalmente.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Hallarse en posesión del título de educación secundaria obligatoria o equivalente.
g) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de las instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. El incumplimiento por parte de los aspirantes de estos requisitos y condiciones comportará la exclusión del proceso de selección.
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las pruebas serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.
Junto con la presentación de los demás documentos, las personas aspirantes con discapacidad deben presentar certificación de la Conselleria competente en materia de discapacidad u órgano competente de otras comunidades autónomas o de la Administración del Estado, que acredite la discapacidad igual o superior al 33 por 100, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria.
BASE CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las bases de la presente convocatoria se publicarán en su integridad en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, y el mismo día, se publicarán en la página web municipal http://www.massanassa.es, apartado Trabaja en el Ayuntamiento.
Se remitirá anuncio de publicación de las bases al Diario Oficial de la Comunitat Valenciana para general conocimiento.
En las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán hacer constar que conocen y aceptan las bases, y que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes irán dirigidas al Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, cumplimentando el modelo oficial de solicitud que estará disponible en la página web municipal y en el Registro General del Ayuntamiento (www.massanassa.es/solicitudes).
Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Massanassa (Plaça Escoles Velles nº 1, Massanassa, 46470, Valencia) o en la forma que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para ser admitido, deberá aportarse justificante bancario de haber ingresado 35,00 euros en concepto de derechos de examen, que deberá efectuarse en la cuenta corriente del Banco Sabadell-CAM nº ES52-0081-1299-04-0001012504, haciendo constar expresamente como concepto del pago de los derechos de examen: "PROCESO SELECTIVO AUXILIAR DE CULTURA". El impago o no justificación del abono de la tasa no será requisito subsanable, excluyéndose al aspirante del proceso selectivo.
ANUNCIO
La Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Massanassa, mediante Resolución nº 988 de fecha 17 de junio de 2019 ha resuelto lo siguiente:
"PRIMERO. Aprobar la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar de Cultura adscrita al Área de Cultura, Grupo C, Subgrupo C2, mediante el sistema de concurso-oposición libre, y en consecuencia aprobar las bases específicas reguladoras del proceso selectivo, cuyo contenido íntegro es el siguiente:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE AUXILIAR DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
BASE PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en propiedad, de una plaza de Auxiliar de Cultura, mediante el sistema de concurso-oposición, de naturaleza funcionarial, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento, recogida en la Relación de Puestos de Trabajo (código de puesto 46AACF08) y encuadrado en el Grupo C, Subgrupo C2, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al nivel 16 de complemento de destino y complemento específico de 262 puntos/año.
La plaza objeto de provisión fue incluida en la Oferta de Empleo Público perteneciente al ejercicio 2019.
BASE SEGUNDA. NÚMERO Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Denominación: Auxiliar de Cultura
Naturaleza: Funcionario
Escala: Administración General
Grupo: C, Subgrupo: C2
Sistema selectivo: Concurso-Oposición libre
Las funciones del puesto de trabajo se relacionan en el Anexo II de estas bases y se prestarán en el Edificio Sociocultural, el Auditorio Municipal Salvador Seguí y en cualquiera de los edificios municipales en que se organicen actividades de carácter sociocultural, así como en el término municipal, cuando estas actividades se produzcan en la vía pública.
La jornada de trabajo será de lunes a domingo, a tiempo completo, según calendario del Área de Cultura y según necesidades de cada actividad.
BASE TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en esta convocatoria será necesario:a) Tener la nacionalidad española, o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza a cubrir, así como no padecer ninguna enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo. Quienes tengan la condición de minusválidos deberán acreditar, con carácter previo al inicio del procedimiento de selección, su aptitud en la forma determinada en el artículo 38.2 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, y en caso contrario no serán admitidos.
c) No hallarse incurso en ninguna causa de incompatibilidad o de incapacidad de las establecidas legalmente.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Hallarse en posesión del título de educación secundaria obligatoria o equivalente.
g) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de las instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. El incumplimiento por parte de los aspirantes de estos requisitos y condiciones comportará la exclusión del proceso de selección.
De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las pruebas serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes.
Junto con la presentación de los demás documentos, las personas aspirantes con discapacidad deben presentar certificación de la Conselleria competente en materia de discapacidad u órgano competente de otras comunidades autónomas o de la Administración del Estado, que acredite la discapacidad igual o superior al 33 por 100, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la presente convocatoria.
BASE CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Las bases de la presente convocatoria se publicarán en su integridad en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, y el mismo día, se publicarán en la página web municipal http://www.massanassa.es, apartado Trabaja en el Ayuntamiento.
Se remitirá anuncio de publicación de las bases al Diario Oficial de la Comunitat Valenciana para general conocimiento.
En las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán hacer constar que conocen y aceptan las bases, y que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes irán dirigidas al Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, cumplimentando el modelo oficial de solicitud que estará disponible en la página web municipal y en el Registro General del Ayuntamiento (www.massanassa.es/solicitudes).
Las instancias se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Massanassa (Plaça Escoles Velles nº 1, Massanassa, 46470, Valencia) o en la forma que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Para ser admitido, deberá aportarse justificante bancario de haber ingresado 35,00 euros en concepto de derechos de examen, que deberá efectuarse en la cuenta corriente del Banco Sabadell-CAM nº ES52-0081-1299-04-0001012504, haciendo constar expresamente como concepto del pago de los derechos de examen: "PROCESO SELECTIVO AUXILIAR DE CULTURA". El impago o no justificación del abono de la tasa no será requisito subsanable, excluyéndose al aspirante del proceso selectivo.
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