martes, 9 de julio de 2019

3 plazas de Ayudante de Jardines (AP). Bases. Ayuntamiento de Villena.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 20 de Mayo de 2019 se aprueban las bases específicas reguladoras de la convocatoria para la provisión en propiedad de tres plazas de Ayudante de Jardines del Ayuntamiento de Villena y constitución de Bolsa de Trabajo.
El objeto de la convocatoria es recoger los criterios específicos que servirán para efectuar la selección de tres plazas de Ayudante de Jardines, por el sistema selectivo de CONCURSO-OPOSICIÓN libre y la constitución de una Bolsa de Empleo.
BASES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO- OPOSICIÓN DE TRES PLAZAS EN PROPIEDAD DE AYUDANTE DE JARDINES Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE  EMPLEO.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, como funcionario/a de carrera, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de 3 plazas de Ayudantes de Jardines incluidas en la oferta de empleo público del año 2017.
1.2. La plaza está encuadrada en la Escala de Administración Especial, Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, dotada con el sueldo correspondiente al Subgrupo E1 (plantilla BOPA 08-08-17), Agrupaciones profesionales, de los previstos en el artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público TREBEP-, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en concordancia con su Disposición Transitoria Tercera.
1.3. Las funciones a desempeñar serán especialmente las siguientes:  1º) Las funciones a realizar estarán relacionadas con el mantenimiento de los parques y jardines de Villena, pedanías y otros espacios naturales que se precisen, dentro del término municipal. 
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES   Para tomar parte en las pruebas selectivas de esta convocatoria se exigirá el cumplimiento de todos y cada uno de los siguientes requisitos (art. 56 TREBEP), referidos al día en que concluya el plazo de presentación de instancias:
a) Poseer la nacionalidad española o de algunos de los Estados miembros de la Unión Europea, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57 TREBEP. 
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. 
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 
d) Estar en posesión del título de Certificado de Escolaridad, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En su caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente. 
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni haberse revocado su nombramiento como funcionario/a interino/a, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias de la Escala, Subescala o Clase objeto de la presente convocatoria. 
Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en su país de origen. 
QUINTA.- PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA Y SUS BASES. Las Bases de la presente convocatoria y Anexo a las mismas, se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 127 de 08/07/2019], en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal www.Villena.es, publicándose un extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado. Los demás anuncios referentes a los procesos de la misma se publicarán en el BOPA, y a partir del comienzo de las pruebas selectivas, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento. 
SEXTA.- INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS/LAS ASPIRANTES . 6.1. SOLICITUDES: Los/las interesados/as tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.villena.es.
6.2. PRESENTACIÓN: Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo, se dirigirán a la Alcaldía de este Ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.
6.3. PLAZO: Se presentarán dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia