miércoles, 17 de julio de 2019

Bases 8 plazas de Agente de la Policía Local (C1), oposición libre, del Ayuntamiento de Oliva

Edicte de l'Ajuntament d'Oliva sobre convocatòria per a la selecció i provisió de deu places de agents de la Policia Local, per torn lliure.
EDICTE
Per Resolució de l'Alcaldia de data 28 de juny de 2019, han estat aprovades la convocatòria i les bases reguladores, que han de regir la convocatoria per a la selecció i provisió de deu places d'agents de la policia local d'administració especial per torn de lliure, per mitjà del sistema de oposició
El termini de presentació d'instàncies serà de VINT DIES NATURALS, comptadors des de l'endemà de la publicació en extracte d'aquesta convocatòria en el Butlletí Oficial de l'Estat.
Els successius anuncis seran publicats únicament en la pàgina web i en el tauler d'anuncis de l'Ajuntament.

BASES PARA LA SELECCIÓN DE 10 AGENTES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE OLIVA, ESCALA BÁSICA, DE LAS QUE 8 SON POR TURNO LIBRE POR OPOSICIÓN LIBRE Y 2 POR TURNO DE MOVILIDAD POR CONCURSO
1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad como funcionario de carrera de 10 plazas de Agente de Policía Local, vacantes en la plantilla del Ayuntamiento de Oliva proveniente de la Oferta de Empleo Público de 2018 (BOP Valencia de 15/1/2019), cubriéndose 8 de ellas por el turno libre, mediante el sistema de oposición libre, y 2 por el turno de movilidad, mediante concurso.
El número de plazas convocadas en turno libre podrá aumentarse con las vacantes que se produzcan con anterioridad a la celebración de las pruebas selectivas, o pendientes de incluir en la oferta de empleo público.
De conformidad con la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre y el Plan de Igualdad para empleadas y empleados del Ayuntamiento de Oliva, y dado que en este Ayuntamiento el número de mujeres no alcanza el 40% de la plantilla de la policía local, se reserva el 30% de plazas para mujeres, es decir, 2 plazas para el turno libre y 1 plaza para el turno de movilidad.
Las plazas que en el turno de movilidad quedasen desiertas, incrementarán las vacantes a cubrir por el turno libre. En este supuesto de plazas desiertas en el turno movilidad, se incrementara la reserva para mujeres del turno libre en la medida en que no se hubiere alcanzado el cupo previsto para estas en el turno de movilidad.
2ª.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:
1. Turno Libre:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser reconocida por la administración competente y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se señalan en los anexos de estas bases, y tener una estatura mínima de 1'65 metros los hombres y 1'60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B, y A, que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
h) Comprometerse mediante declaración jurada a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.

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