Objeto y número de becas.
1. Se convocan dieciséis becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, dirigidas a
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2. La formación será básicamente práctica, mediante la participación en las tareas propias de las Direcciones de Documentación, de Estudios o de Asistencia Técnico-Parlamentaria.
3. De dichas becas se reservarán dos para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento.
Características de las becas.
1. Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2010) y consistirán en doce pagos por meses vencidos de ochocientos (800) euros brutos.
2. El Senado contratará un seguro de accidentes y de protección médica en los términos de las condiciones generales de admisibilidad de esta clase de seguros, para cada uno de los becarios, por el tiempo de duración de la beca, en el caso de que los beneficiarios de las becas no tuvieran cubiertas estas contingencias.
1. Pueden solicitar la concesión de beca los diplomados en Biblioteconomía y Documentación y los licenciados universitarios españoles y de otros países miembros de la Unión Europea que reúnan las tres condiciones siguientes:
a) haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1981;
b) acreditar haber cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentalistas durante al menos 200 horas lectivas, y
c) no haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto los sustitutos que hubieran accedido a la misma dentro del último semestre del año 2009.
Presentación de solicitudes.–Los solicitantes de las becas
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