jueves, 7 de enero de 2010

Ayudas dirigidas a programas y servicios especializados de intervención y atención a familia e infancia, para el ejercicio 2010.

Conselleria de Benestar Social. ORDRE de 17 de desembre de 2009, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regulen i convoquen ajudes dirigides a programes i servicis especialitzats d'intervenció i atenció a família i infància, per a l'exercici corresponent a l'any 2010. [2009/14770] (pdf 2.272KB) . pàgina 622
ORDEN de 17 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la cual se regulan y convocan ayudas dirigidas a programas y servicios especializados de intervención y atención a familia e infancia, para el ejercicio correspondiente al año 2010. [2009/14770]

Objeto.- La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas para el ejercicio de 2010 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva; dirigidas a los siguientes programas y servicios especializados, de intervención y atención a familia e infancia:
1. Servicios especializados de atención a la familia e infancia (SEAFI).
2. Servicios especializados de orientación y mediación familiar.
3. Programas de intervención especializada con familias en conflicto y con menores en situación de desprotección.
4. Programas de fomento del recurso de familias educadoras.
5. Programas gestionados por entidades de mediación de adopción internacional.
Convocatoria.-
Se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2010, que se regirán por lo dispuesto en las bases generales, establecidas en el anexo I de esta orden, y por las bases específicas para cada tipo de subvención establecidas en los anexos II a VI, junto con los modelos de solicitud, de justificación, y seguimiento, que acompañan a esta orden.
ANEXO I - Bases generales de la convocatoria
TÍTULO I - De las entidades
Entidades solicitantes.- A efectos de esta orden, podrán ser entidades solicitantes las que cumplan los requisitos generales y los específicos que se establecen, en su caso, en las presentes bases, y estén incluidas en alguno de los dos apartados siguientes:
1. Entidades locales.- Las mancomunidades, las agrupaciones de municipios, las entidades locales propiamente dichas, y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de las mismas, siempre que hayan sido creadas para intervenir en el campo de la acción social y no tengan carácter mercantil o industrial.
2. Entidades sin fin de lucro.- Todas aquellas que no están incluidas en el apartado anterior, independientemente de que la titularidad de dicha entidad sea pública o privada. Se incluyen en este apartado las cooperativas sin fin de lucro y las entidades de mediación de adopción internacional.
Plazos de presentación.- El plazo de presentación de solicitudes será un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. Para dicho cómputo, se tendrá en cuenta que el día de finalización del plazo, corresponderá al mismo ordinal del día en que se ha publicado esta orden. Caso de que no exista dicho ordinal, el plazo expirará el último día del mes. Si el último día fuera inhábil, se entenderá prorrogado el plazo al siguiente día hábil.[del 8 de Enero al 8 de Febrero de 2010, a.i.]
Lugar de presentación.- 1. La solicitud se presentará en el lugar y con el modelo que sea procedente. Las solicitudes se encontrarán a disposición de los solicitantes en las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Bienestar Social, en las oficinas PROP y en la página WEB de la Generalitat.

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