ORDEN de 17 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Bienestar Social, por la cual se regulan y convocan ayudas dirigidas a programas y servicios especializados de intervención y atención a familia e infancia, para el ejercicio correspondiente al año 2010. [2009/14770]
Objeto.- La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas para el ejercicio de 2010 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva; dirigidas a los siguientes programas y servicios especializados, de intervención y atención a familia e infancia:
1. Servicios especializados de atención a la familia e infancia (SEAFI).
2. Servicios especializados de orientación y mediación familiar.
3. Programas de intervención especializada con familias en conflicto y con menores en situación de desprotección.
4. Programas de fomento del recurso de familias educadoras.
5. Programas gestionados por entidades de mediación de adopció
Convocatoria.- Se aprueba la convocatoria de ayudas para el año 2010, que se regirán por lo dispuesto en las bases generales, establecidas en el anexo I de esta orden, y por las bases específicas para cada tipo de subvención establecidas en los anexos II a VI, junto con los modelos de solicitud, de justificación, y seguimiento, que acompañan a esta orden.
ANEXO I - Bases generales de la convocatoria
TÍTULO I - De las entidades
Entidades solicitantes.- A efectos de esta orden, podrán ser entidades solicitantes las que cumplan los requisitos generales y los específicos que se establecen, en su caso, en las presentes bases, y estén incluidas en alguno de los dos apartados siguientes:
1. Entidades locales.- Las mancomunidades, las agrupaciones de municipios, las entidades locales propiamente dichas, y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de las mismas, siempre que hayan sido creadas para intervenir en el campo de la acción social y no tengan carácter mercantil o industrial.
2. Entidades sin fin de lucro.- Todas aquellas que no están incluidas en el apartado anterior, independientemente de que la titularidad de dicha entidad sea pública o privada. Se incluyen en este apartado las cooperativas sin fin de lucro y las entidades de mediación de adopción internacional.
Plazos de presentación.- El plazo de presentación de solicitudes será un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat V
Lugar de presentación.- 1. La solicitud se presentará en el lugar y con el modelo que sea procedente. Las solicitudes se encontrarán a disposición de los solicitantes en las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Bienestar Social, en las oficinas PROP y en la página WEB de la Generalitat.
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