Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre bases de la convocatoria del XXXIV Certamen Provincial de Bandas de Música.( Bop-València, Jueves, 31 de Diciembre de 2009 - Nº. 310 ) ANUNCIO
Aprobadas, por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia celebrada el día 16 de diciembre de 2009, las BASES DE LA CONVOCATORIA DEL XXXIV CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, quedan expuestas al público, a efectos de presentación por parte de los interesados, de posibles reclamaciones y/o sugerencias, durante un plazo de 30 días naturales, pudiéndose consultar las mismas en el Servicio de Cultura de la Corporación (Plaza Manises, 4 ; 3º piso), en horas de oficina (9-14 horas). En el bien entendido que, transcurrido dicho plazo sin presentar alguna, se considerarán definitivamente aprobadas.
XXXIV CERTAMEN PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICABASES
PRIMERA. Podrán participar en el presente Certamen las Bandas de Música dependientes de las Sociedades Musicales Federadas de la provincia de Valencia, que cumplan los requisitos que se establezcan en las siguientes Bases.
SEGUNDA. A efectos de su participación, se establecen cuatro secciones:
Primera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 85 plazas.
Segunda: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 65 plazas.
Tercera: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 45 plazas.
Cuarta: Comprenderá aquellas bandas que se presenten al Certamen con un número de músicos que no supere las 40 plazas y que no sea inferior a 35. La participación en esta sección no tiene carácter competitivo.
TERCERA. En la Sección Primera podrán inscribirse las bandas de música con una plantilla ilimitada de músicos federados;
en la Sección Segunda las que cuenten hasta 85 músicos,
en la Sección Tercera las que cuenten hasta 65 músicos y
en la Sección Cuarta que cuenten hasta 40 músicos
Del cómputo del número de plazas de cada banda, se excluirá el director y el abanderado.
CUARTA. En las bandas participantes no podrán figurar más de CUATRO refuerzos ajenos a la misma, no pudiendo estos participar con ninguna otra banda inscrita en la misma sección.
QUINTA. Para el control de las plantillas de las bandas participantes se aplicará la normativa aprobada en la Asamblea General de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SEXTA. Todos los componentes de las bandas que vayan a participar deberán ir provistos del D.N.I., para su identificación ante el control; dicha identificación se realizará por delegados de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SÉPTIMA. Las inscripciones deberán formularse mediante solicitud dirigida al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de Valencia, por el representante legal de cada Banda, según modelo de instancia que se inserta al final de estas Bases, las cuales deberán ser presentadas en el Registro General de esta Diputación ( Calle Serranos, 2).
OCTAVA. El plazo de inscripción será 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 1 al 30 de Enero de 2010, a.i.]
en la Sección Tercera las que cuenten hasta 65 músicos y
en la Sección Cuarta que cuenten hasta 40 músicos
Del cómputo del número de plazas de cada banda, se excluirá el director y el abanderado.
CUARTA. En las bandas participantes no podrán figurar más de CUATRO refuerzos ajenos a la misma, no pudiendo estos participar con ninguna otra banda inscrita en la misma sección.
QUINTA. Para el control de las plantillas de las bandas participantes se aplicará la normativa aprobada en la Asamblea General de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SEXTA. Todos los componentes de las bandas que vayan a participar deberán ir provistos del D.N.I., para su identificación ante el control; dicha identificación se realizará por delegados de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
SÉPTIMA. Las inscripciones deberán formularse mediante solicitud dirigida al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de Valencia, por el representante legal de cada Banda, según modelo de instancia que se inserta al final de estas Bases, las cuales deberán ser presentadas en el Registro General de esta Diputación ( Calle Serranos, 2).
OCTAVA. El plazo de inscripción será 30 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 1 al 30 de Enero de 2010, a.i.]
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