![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEizNG8W4Z5NhiMNiDF4d1m_DBuhpsChF7cwQyABANMeR7ZVkkSXlgcupGud8Vafwl1Hai5wpg9j3uwjgsrKcVE9llRCMkzZKG1ocLdGEvjdlRDVKoxqy_CuHQipX3PFlyyCU-JXlm6D7_0/s200/IMG_0001.jpg)
ORDEN de 16 de diciembre de 2009 de la Conselleria de Sanitat, por la que se convocan y se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en materia de atención y prevención de las drogodependencias y otros trastornos adictivos para el ejercicio 2010. [2009/14945]
ANEXO I - Bases de las subvenciones destinadas a la financiación de gastos corrientes y de inversión de recursos de atención y prevención
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Objeto.- El objeto de estas bases es regular las subvenciones destinadas a la financiac
a. Los Centros de Día y las Unidades de Deshabituación Residencial.
b. Los Centros de Encuentro y Acogida y las Viviendas Tuteladas para población drogodependiente.
c. Las Unidades de Prevención Comunitaria.
d. Las Unidades de Valoración y Apoyo en Drogodependencias y otros programas específicos de atención a drogodependientes con problemas jurídicos y/o penales, incluyendo la atención directa en comisarías.
e. Los programas de prevención de las drogodependencias y otras adicciones, siempre que estos últimos sean desarrollados, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, por instituciones sin fin de lucro.
f. Los recursos destinados exclusivamente a la atención al juego patológico.
g. Los programas de atención a familias, ejecutados por asociaciones de autoayuda en materia de
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Podrán solicitar las subvenciones que regula este anexo las Entidades Locales y las Entidades sin fin de lucro que sean titulares de recursos, servicios y/o gestionen programas y actividades en materia de prevención, atención, rehabilitación y/o reinserción social de drogodependientes u otros tipos de adicciones en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Actividades objeto de las subvenciones.- 1. Las subvenciones previstas en este anexo deberán ser destinadas a los gastos de personal y mantenimiento o de inversión de los recursos, servicios y/o programas para los que se solicita la subvención.
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3. Las Entidades locales beneficiarias de las subvenciones podrán gestionar sus recursos bien, por gestión directa o bien, por gestión indirecta.
Solicitudes y documentación.- 1. Las Entidades Locales que deseen solicitar subvenciones deberán cumplimentar la solicitud que figura como Anexo II.
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Forma.- 1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente orden se presentarán en impreso normalizado y acompañadas de la documentación indicada en las base sexta.
Lugar y Plazo.- 1. Los interesados podrán presentar las solicitudes en el Registro
3. El plazo de presentación de las solicitudes de subvención reguladas en esta orden será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 31 de Diciembre de 2009 al 30 de Enero de 2010, a.i.]
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