jueves, 7 de enero de 2010

ayuda programas de ayuda mutua y autoayuda llevados a cabo por asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de enfermos y familiares de los mismos o gr

Conselleria de Sanitat. ORDE de 16 de desembre de 2009, de la Conselleria de Sanitat, per la qual aprova les bases reguladores de l'ajuda destinada a finançar programes d'ajuda mútua i autoajuda duts a terme per associacions o entitats sense finalitat lucrativa de malalts i de familiars de malalts o per grups de persones legalment constituïts per a este objectiu, per a l'exercici 2009. [2009/14937] (pdf 1.015KB) . pàgina 47.354
ORDEN de 16 de diciembre de 2010 de la Conselleria de Sanidad por la que se convoca y se aprueban las bases reguladoras de la ayuda destinada a financiar programas de ayuda mutua y autoayuda llevados a cabo por asociaciones o entidades sin ánimo de lucro de enfermos y familiares de los mismos o grupos de personas legalmente constituidos para este objetivo para el ejercicio 2010. [2009/14937]
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. Constituye el objeto de la presente orden convocar la ayuda gestionada por la Dirección General de Calidad y Atención al Paciente de la Agencia Valenciana de Salud de la Conselleria de Sanidad para el ejercicio 2010, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.
2. La presente orden será de aplicación a la siguiente ayuda, que se regirá por las bases reguladoras que figuran en el anexo I: Ayuda para financiar programas de ayuda mutua y autoayuda dirigidos a enfermos crónicos que desarrollen en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2010, alguna/as de las actividades detalladas en el anexo.

Lugar y plazo de presentación.- 1. Los interesados podrán presentar las solicitudes en el Registro General de la Conselleria de Sanidad en la calle de Micer Mascó, 31 de Valencia, así como en los servicios territoriales de la misma, sitos en Alicante (c/ Gerona, 26. 03001), Castellón (c/ Huerto Sogueros,12. 12001), y Valencia (Gran Vía Fernando El Católico, 74. 46008), o en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 31 de Diciembre de 2009 al 30 de Enero de 2010, a.i.]
ANEXO I - Bases de la ayuda destinada a financiar programas de ayuda mutua y autoayuda llevados a cabo por asociaciones o entidades sin animo de lucro de enfermos y familiares de los mismos o grupos de personas legalmente constituidos para este objetivo
Objeto.- Es objeto de la ayuda financiar programas de ayuda mutua y autoayuda dirigidos a enfermos crónicos que desarrollen en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana durante el ejercicio 2010, alguna/as de las actividades detalladas en la Base Cuarta.
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Podrán solicitar las subvenciones objeto de regulación de esta orden, las asociaciones o entidades sin animo de lucro, de enfermos y familiares o amigos de los mismos que desarrollen programas de ayuda mutua y autoayuda dirigidos a enfermos crónicos, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, con los criterios y requisitos establecidos en estas Bases.
Actividades objeto de las ayudas
1. Apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares.
2. Formación, información, divulgación y sensibilización a la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados.
3. Actividades dirigidas a la promoción de la solidaridad, evitando cualquier tipo de discriminación de los enfermos y fomentando el reconocimiento de los derechos que el ordenamiento jurídico les otorga.
4. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la calidad de vida de los enfermos.

Todos los programas para los que se solicite subvención deberán incluir, como requisito indispensable, la evaluación como fase final de la ejecución del programa.

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