martes, 4 de junio de 2019

35 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2019/2020, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

BDNS(Identif.): 458403
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones: 
a) Estar empadronado en un municipio de la Provincia de Alicante. 
b) No haber cumplido los 28 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 
c) Iniciar o estar cursando los siguientes estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández: Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster y también los complementos de formación que puedan existir y el estudiante deba cursar para la obtención del título de Grado o Máster.
Segundo.- Finalidad: Se convocan 35 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2019/2020, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero.- Bases Reguladoras: Las Bases específicas de la Convocatoria aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación de Alicante, de fecha 22 de mayo de 2019.
Cuarto.- Cuantía: Abono de hasta 550 euros por Beca, para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente. El importe de las ayudas quedará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado para atenderlas, en el Presupuesto de la Excma. Diputación de Alicante para el ejercicio 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de UN MES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 105 de 04/06/2019] {del 5 de junio al 4 de julio de 2019, a.i.} por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. El Hogar Provincial pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es).

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