MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se convocan 2.356 Becas de Colaboración en Departamentos universitarios para el curso académico 2019-2020 destinadas a alumnos que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales.
BDNS(Identif.):463643
De conformidad con lo previsto en los
artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index).
Primero. Convocatoria. Se convocan en régimen de concurrencia
competitiva 2.356 becas que se destinan a facilitar la colaboración de
los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en
régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en
tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y
facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar becas de colaboración los
estudiantes universitarios que en el curso 2019-2020 estén matriculados
de último curso de estudios de Grado o de primer curso de un Máster
universitario oficial y que, entre otros requisitos académicos, hayan
obtenido como nota media en sus estudios la que se señala a continuación
para cada una de las ramas de titulaciones oficiales:
7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y
8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
Tercero. Solicitudes Los interesados deberán cumplimentar la
solicitud mediante el formulario accesible por internet en la dirección
www.educacionyfp.gob.es a través de la sede electrónica del Ministerio
de Educación y Formación Profesional en el apartado correspondiente a
"Trámites y Servicios". Junto con la solicitud se acompañará, a través
de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y
en fichero formato pdf, la plantilla facilitada por la aplicación
informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a
desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 18 de septiembre de 2019, inclusive.
Cuarto. Características del programa. Quienes resulten beneficiarios de la ayuda
deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante
ocho meses en el departamento correspondiente, en los términos recogidos
en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén
matriculados en el curso 2019-2020.
Quinto. Cuantía de la ayuda. La dotación de la beca colaboración será de
2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago
por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios
académicos.
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