lunes, 1 de julio de 2019

Expocreativa 2019: Concurso de Pintura, Artes Plásticas y Cerámica; realizadas por personas con Discapacidad.

Resultado de imagen de Expocreativa 2019Diputació d'Alacant. EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SRA. DIPUTADA DE BIENESTAR DE LAS PERSONAS NÚMERO 2019-1288, DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2019, DICTADA EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE LE FUERON DELEGADAS POR RESOLUCIÓN DEL ILMO. SR. PRESIDENTE NÚMERO 79, DE FECHA 4 DE JULIO DE 2018 (BOP NÚMERO 130, DE FECHA 10 DE JULIO DE 2018), POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LA VIGESIMOSEGUNDA EDICIÓN DEL CONCURSO DE ARTES PLÁSTICAS, PINTURA Y CERÁMICA REALIZADAS POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL,EXPOCREATIVA 2019
BDNS(Identif.):464049
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es).
Primero. Beneficiarios:
Las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad o representación de Centros de Atención Especializada, Centros de Atención Específica o Centros de Educación Especial ubicados en la Provincia de Alicante y destinados a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual mayores de 16 años, mediante la presentación de obras realizadas por éstos. Cada entidad podrá presentar una única solicitud.
Segundo. Objeto:
Se establecen tres secciones: Pintura, Artes Plásticas y Cerámica. Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 obras, 1 obra en cada una de las secciones establecidas.
Cada obra podrá ser realizada por un máximo de 6 autores/as.
Quedarán excluidas de la fase de concurso las obras que superen los 2 metros lineales, peso superior a 20 kilos y las obras protegidas o confeccionadas con cristal.
Excepcionalmente, el Departamento de Bienestar Social podrá permitir la exhibición o muestra en la sala de exposiciones, fuera de la fase de concurso, y siempre que las condiciones de la sala de exposiciones lo permitan, de obras que no cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Alacant Nº 122 de 01/07/2019] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, finalizando el 31 de julio de 2019 incluido.
Las obras deberán ser presentadas en las instalaciones, plazo y horario que a tal efecto se establezca y que será comunicado a los/as interesado/as en el momento oportuno.

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