jueves, 19 de septiembre de 2019

subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las Diputaciones Provinciales, previstas en el apartado cuarto del acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de septiembre de 2018, por el que se declaran la Comunidad Valenciana y el municipio de Tui (Pontevedra) "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil".

BDNS(Identif.):473287
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Serán beneficiarios las diputaciones provinciales afectadas en cuyos términos radiquen los municipios y núcleos de población afectados por el acontecimiento catastrófico, sin perjuicio del carácter de interesados de estos últimos.
Segundo. Objeto:
Financiar hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, siempre que sean consecuencia de los acontecimientos que dieron lugar a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.
Tercero. Solicitudes y plazo:
Díez días hábiles desde el siguiente a la publicación de este extracto en el BOE. {del 20 de septiembre al 3 de octubre de 2019, a.i.}
Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito territorial de la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, por acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de septiembre de 2018.
Cuarto. Bases Reguladoras:
Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el BOE de 12 de febrero de 2015.
Quinto. Cuantía:
El importe máximo de las subvenciones es de 883.996,87 euros.

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