martes, 24 de septiembre de 2019

44 plazas de personal laboral fijo de los buques "Esperanza del Mar" y "Juan de la Cosa", en el Instituto Social de la Marina.

Bases de convocatoria
1. Normas generales. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 44 plazas de personal laboral fijo de los buques de apoyo sanitario «Esperanza del Mar» y «Juan de la Cosa» (personal sometido al I Convenio Colectivo de buques sanitarios del ISM) por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.3 Las plazas convocadas, sus características y funciones se relacionan en el Anexo II.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III.
1.5 La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web del Portal del Ciudadano www.administracion.gob.es y en la del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social www.mitramiss.gob.es.
2. Requisitos de los candidatos Para ser admitidos al proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1 Nacionalidad:
a) Tener nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
2.2 Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.3 Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.4 Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.5 Titulación: estar en posesión de Titulación y/o Certificados en vigor indicados en el Anexo II para cada una de las categorías profesionales.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
Estar en posesión de la Libreta Marítima y de los títulos y certificados fijados por la Autoridad Marítima obligatorios para poder embarcar, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio (BOE de 2 de julio de 2009), y su corrección de errores (BOE de 14 de octubre de 2009); la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre (BOE de 20 de septiembre de 2002); el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero (BOE de 24 de febrero de 1999), desarrollado en la Orden PRE/646/2004, de 4 de marzo (BOE de 12 de marzo de 2004); Resolución de 14 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones de obtención de los certificados de suficiencia de los marineros de la Marina Mercante (BOE de 2 de diciembre de 2016), y Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se corrigen errores en la de 14 de noviembre de 2016, por la que se determinan las condiciones de obtención de los certificados de suficiencia de los marineros de la Marina Mercante (BOE de 19 de enero de 2017).
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es/PAG/ips).
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo V y se dirigirán al Subsecretario de Empleo y Seguridad Social.
3.2 Para ello, una vez seleccionado el proceso selectivo de referencia pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción on line» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.   ...
3.5 Si la solicitud se presenta en otra modalidad, los interesados deberán cumplimentar el formulario 790 electrónicamente, a través del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips). Una vez cumplimentados en la citada página web todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en su parte inferior sobre la opción «Generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que al imprimirlo constará de tres copias que deberán ser firmadas por el interesado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud debidamente imprimida tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no serán válidas las fotocopias del modelo 790 ni su cumplimentación manual). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de aquella en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar la solicitud en el Registro General de los Servicios Centrales del Instituto Social de la Marina (calle Génova, número 24), en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.6 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES 06 0182-2370-49-0200203962, abierta en la Sucursal número 2370 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. a nombre de Subdirección General de Administración Financiera de la Administración Periférica. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
3.7 El importe de la tasa por derechos de examen por la participación en el presente proceso selectivo es el siguiente:
Categoría Convenio Importe
Jefe de Máquinas.
Primer Oficial de Máquinas.
30,49 euros
Segundo Oficial de Puente.
Segundo Oficial de Máquinas.
Tercer Oficial de Puente.
A.T.S.
22,87 euros
Primer cocinero.
Electricista Naval.
15,27 euros
Segundo cocinero.
Buceador.
Marinero Buceador.
Engrasador.
Marinero.
Marinero Sanitario
Camarero.
11,43 euros

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