- Extracto de la Orden de 19 de septiembre de 2019 por la que efectúa mediante tramitación anticipada la convocatoria de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial en el año 2019.
BDNS (Identif.): 473948
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Sociedades con personalidad jurídica, legalmente constituidas en España, que no formen parte del sector público, y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva, con independencia de su tamaño, encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera) o en cualquiera de las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados., y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 3 de la Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre, modificada por la Orden ICT/768/2019, de 11 de julio.
Segundo. Objeto.
Ejecución de inversiones materiales destinadas a la creación o traslado de establecimientos industriales, mejoras y/o modificaciones de líneas de producción previamente existentes, y a la implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ICT/1100/2018, de 18 de octubre publicada en el BOE de 20 de octubre de 2018, modificada por la Orden ICT/768/2019, de 11 de julio publicada en el BOE de 16 de julio de 2019.
Cuarto. Importe de financiación convocado.
La financiación que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria, tendrá una cuantía total máxima de 400.000.000 €.
Quinto. Características de los préstamos a conceder
Préstamos rembolsables de hasta el 75% de la inversión financiable con un plazo de amortización total de 10 años y 3 años de carencia.
Sexto. Garantías.
Se exigirá antes de la resolución de concesión del préstamo, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos bajo la modalidad de "Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca", conforme a la normativa de la citada Caja (Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos y la Orden por la que se desarrolla, del Ministerio de Economía y Hacienda, de 7 de enero de 2000, modificada por la Orden ECO/2120/2002, de 2 de agosto) y con los requisitos establecidos para la misma.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el día 4 de noviembre de 2019.
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